La Comisión detalló que en caso de establecerse un estado de excepción se debe justificar una excepcionalidad de la a situación de emergencia en cuanto a su gravedad.
En el marco de la emergencia sanitaria que enfrenta el mundo por la pandemia del coronavirus Covid-19, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) emitió la Resolución No.01/20 Pandemia y Derechos Humanos en las Américas bajo la convicción de que todas las medidas adoptadas por los Estados, en atención y contención al virus, tengan como centro la plena garantía de los derechos humanos.
Hasta 11 de abril, la Universidad Johns Hopkins registra un total de un millón 724 mil 736 infectados en el mundo, siendo el continente europeo una de las regiones más afectadas. Sin embargo, en América casos como los de Brasil con 20 mil 002 positivos a Covid-19, Ecuador con 7 mil 161 y Chile con 6 mil 927 evidencia que la situación en el continente comienza a agravarse.
Al ser el continente americano la región más desigual del planeta, la pandemia supone un gran desafío para cada uno de los estados tanto en términos de políticas y medidas sanitarias, como en capacidades económicas, que permitan poner en marcha medidas de atención y contención que resultan urgentes y necesarias para proteger efectivamente a sus poblaciones, acordes con el Derecho Internacional de los Derechos Humanos
En un esfuerzo por contener el número de infectados, diversos Estados como Colombia, Argentina y El Salvador, a través de la declaración de “estados de emergencia”, “estados de excepción”, “estados de catástrofe por calamidad pública” o “emergencia sanitaria”, han implementado medidas que pueden afectar gravemente la plena vigencia de los derechos humanos de la población en virtud de los serios riesgos para la vida, la salud y la integridad de las personas.
Ante estos escenarios, la CIDH reitera que los Estados de la región deben brindar y aplicar perspectivas interseccionales. Esto es con el fin de brindar especial atención a las necesidades y al impacto que dichas medidas tendrían en los derechos de grupos históricamente excluidos o en especial riesgo, tales como: personas mayores y personas de cualquier edad que tienen afecciones médicas preexistentes, los cuales son señalados como grupos vulnerables ante el Covid-19.
La Comisión también señala como grupos vulnerables a personas privadas de libertad, mujeres, pueblos indígenas, personas en situación de movilidad humana, niñas, niños y adolescentes, personas LGBTI, personas afrodescendientes, personas con discapacidad, personas trabajadoras, y personas que viven en pobreza y pobreza extrema, especialmente personas trabajadoras informales y personas en situación de calle.
Asimismo, la Resolución destaca que “toda política pública con enfoque de derechos humanos para la prevención, atención y contención de la pandemia requiere un abordaje amplio y multidisciplinario a partir del fortalecimiento de mecanismos de cooperación internacional entre Estados”.
Es así como la CIDH recomienda que en casos excepcionales que fuera inevitable adoptar medidas que limiten alguno de los derechos humanos económicos, sociales, culturales y ambientales (DESCA), los Estados deben velar porque tales medidas estén plena y estrictamente justificadas, sean necesarias y proporcionales, teniendo en cuenta todos los derechos en juego y la correcta utilización de los máximos recursos disponibles.
Además, exhorta a que en caso de establecerse un estado de excepción se debe justificar una excepcionalidad de la a situación de emergencia en cuanto a su gravedad, inminencia e intensidad que constituye una amenaza real a la independencia o seguridad del Estado. Esto debe garantizar que la suspensión de algunos derechos y garantías sea únicamente por el tiempo estrictamente limitado a las exigencias de la situación.
“Con esta Resolución queremos aportar, desde nuestro mandato, a los esfuerzos que se están realizando desde los gobiernos y la sociedad en la protección de los derechos humanos de todas las personas. Entendemos que el COVID-19 se presenta de manera distinta en cada país y observamos que las respuestas también han sido diferentes. En cualquier caso y por su propia naturaleza, las acciones estatales deben estar centradas en las personas. Toda acción de gobierno debe emprenderse para garantizar y proteger los derechos humanos” señaló el Comisionado Joel Hernández, Presidente de la CIDH.
La @CIDH adopta la Resolución sobre Pandemia y Derechos Humanos en las Américas.
Elaborada sobre la base de los estándades interamericanos, la resolución contiene recomendaciones para abordar la pandemia desde el enfoque de derechos humanos. 1/2 https://t.co/BgKy2zrC3U
— Joel Hernández G. (@JoelHernandezG) April 11, 2020