Es procedente que indígenas reclamen la protección de cenotes ante proyecto eólico en Yucatán

La empresa interesada omitió presentar la evaluación sobre los impactos y riesgos ambientales, resolvió la Segunda Sala de la Corte.

Las comunidades indígenas de Yucatán sí pueden reclamar la protección de los cenotes y, además, podrán impugnar las violaciones que, en su caso se cometan, cuando se realice la consulta pública prevista en la ley.

Así lo resolvió la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) en sesión celebrada este miércoles, cuando consideró que sí era procedente que las comunidades indígenas reclamaran la protección del ecosistema, particularmente de los cenotes, en donde se prevé la instalación del proyecto eólico en Yucatán.

La Segunda Sala consideró que dentro de la tramitación del permiso correspondiente, la empresa interesada omitió presentar la evaluación sobre los impactos y riesgos ambientales que el proyecto pudiera provocar en el Acuífero Península de Yucatán, de acuerdo con un comunicado de la SCJN.

Además, la resolución de la Segunda Sala deja a salvo el derecho de las propias comunidades indígenas a impugnar las violaciones que, en su caso se cometan, cuando se realice la consulta pública prevista en la ley, misma que deberá ser previa, completa y adecuada.




Source link