SCJN ampara a mujer para que demande pensión a casado con quien vivió en concubinato

El ministro Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena indicó que el caso debería resolverse con perspectiva de género y con base en los antecedentes de la SCJN.

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) amparó a una mujer con objeto de que pueda demandar pensión alimenticia al hombre con quien vivió en concubinato por 12 años, pese a que él ya estaba casado.

Un juez civil le había negado el acceso a este derecho con base en el artículo 65 del Código Civil de Morelos, que define al concubinato como una relación entre un hombre y una mujer “ambos libres de matrimonio”.

El proyecto aprobado, presentado por el ministro Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena, señaló que esta norma es discriminatoria para la mujer, que el caso debería resolverse con perspectiva de género y con base en los antecedentes de la SCJN, en donde ya se han invalidado disposiciones similares de códigos civiles de otras entidades del país, de acuerdo con La Jornada.

La sentencia aprobada señala que la SCJN “ya ha reconocido la posibilidad de que en una relación de matrimonio se establezca a su vez una relación extramarital, que bien puede concluir en la configuración de un concubinato, por lo que los derechos reconocidos a partir de una y/o otra figura no debe implicar un trato distinto”.




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