En el Diario Oficial de la Federación (DOF) fue publicado este jueves el decreto por el que se expide la Ley de la Fiscalía General de la República (FGR), se abroga la Ley Orgánica, vigente desde 2018, y se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de distintos 65 ordenamientos legales.
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En el documento se señala que la obligación de la Fiscalía de ejercer, a petición de las víctimas, su facultad de atracción cuando se trate de asuntos de “trascendencia social”.
Esta misma facultad se deberá emplear para investigar delitos del fuero común previstos en la Constitución, en tratados internacionales y en las leyes aplicables.
En el artículo 5 se señala que “la FGR podrá ejercer la facultad de atracción de casos del fuero común en los supuestos previstos en la Constitución, tratados internacionales y las leyes aplicables”.
Mientras que el artículo 7 indica que en la investigación de hechos, el Ministerio Público de la Federación se auxiliará de las policías, incluyendo la Guardia Nacional.
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El capítulo VI de la nueva ley de la FGR indica que el fiscal general sólo podrá ser removido por el titular del Ejecutivo por causas graves comprendidas en la Ley de Responsabilidades Administrativas o por la comisión de uno o más delitos que ameriten prisión preventiva oficiosa en términos del artículo 19 constitucional.
En tanto que el fiscal general durará en su encargo por un periodo de nueve años y la renuncia del mismo será sometida para su aprobación al Senado solamente por causa grave.
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