Elecciones 2021 | Ordena Comisión del INE a PES retirar dos promocionales

Al Partido Encuentro Solidario (PES) le fue ordenado por la Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral (INE) el retiro de dos promocionales titulados “Vota provida 2” y “Vota provida radio”, pautados en radio y televisión, por transgredir el modelo de comunicación política.

De acuerdo con un comunicado del INE, los integrantes de la Comisión de Quejas y Denuncias del INE determinaron que el contenido de los promocionales alude explícitamente a los candidatos a diputados federales postulados por el PES, razón por la cual concedieron las medidas cautelares y ordenaron la suspensión de la difusión de dicha propaganda, en un plazo de tres horas.

 

A continuación el comunicado íntegro del INE :

INE ordena el retiro de dos spots del PES y de una publicación en Facebook por identificar violencia de género

La Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral (INE) ordenó el retiro de dos promocionales del Partido Encuentro Solidario (PES) pautados en radio y televisión. El contenido de los spots, titulados VOTA PROVIDA 2 y VOTA PROVIDA RADIO, versa sobre el Proceso Electoral Federal y su difusión está ocurriendo en la pauta local, transgrediendo así el modelo de comunicación política.

Los integrantes de la Comisión determinaron que el contenido de los promocionales alude explícitamente a los candidatos a diputados federales postulados por el PES, razón por la cual concedieron las medidas cautelares y ordenaron la suspensión de la difusión de dichos promocionales, mandatando su retiro en un plazo de tres horas.

En otro asunto, se analizó la queja presentada por Simey Olvera Bautista en su calidad de candidata a diputada federal, en la que denunció a Iram Magdiel Tavera del Castillo por la publicación, desde el 11 de febrero y hasta el 16 de mayo, de contenido en sus redes sociales que considera constituyen violencia política de género en su contra.

Se analizó de forma preliminar, en sede cautelar, de manera individual y conjunta al cúmulo de las 15 publicaciones denunciadas, para determinar la procedencia de las cautelares en dos casos. Se ordenó a Facebook y a Iram Magdiel Tavera del Castillo el retiro del contenido, por tratarse de mensajes que utilizan la vida privada de la quejosa para realizar expresiones que cosifican a las mujeres en detrimento de sus derechos político-electorales, frente a las cuales existe tolerancia cero por parte de esta institución.

Asimismo, la Comisión conoció este lunes de dos quejas más presentadas por el partido Morena que resultaron improcedentes. En el primer asunto, Morena denunció a quien resultara responsable por la creación de los sitios https://voto-util.web.app/, http://voto-util.org/ y https://www.voto-util.mx y a quienes contrataron esa aplicación, porque con esa herramienta se incurriría en indebido ejercicio de la libertad de expresión y se violaría la equidad de la contienda, pues a su dicho, se invita a la ciudadanía a hacer uso de la misma días antes de los comicios y cualquier variable que se integre a la aplicación arroja como resultado “orientar” el voto en su contra.

Respecto de dos sitios de internet https://voto-util.web.app/ y http://voto-util.org/, se corroboró que se trata de actos consumados, pues de la verificación que se hizo de su existencia se advirtió que los mismos ya no se encuentran visibles, disponibles o consultables, declarando la improcedencia de la cautelar.

Por cuanto al sitio web http://voto-util.mx, se acreditó que fue creado por un ciudadano sin intervención o relación partidista, el cual ofrece una herramienta numérica para que la ciudadanía supuestamente conozca a la fuerza política que podría ganar en la elección de diputaciones por Mayoría Relativa a la alianza de partidos políticos que actualmente tiene mayoría en la Cámara de Diputados. La herramienta fue construida con base en los datos del INE para la elección de 2018 y con la encuesta y preferencias de votos que ofrece https://oraculus.mx/diputados2021

Con esa información, la Comisión concluyó que el solo hecho de que un ciudadano, utilizando información pública -cómputos distritales de una elección- y encuestas o preferencias electorales de otros sitio o casas encuestadoras, ofrezca dicha herramienta matemática, por sí mismo, no constituye una violación evidente al orden jurídico, ni afecta la equidad de la contienda o el voto informado, de ahí la improcedencia de la medida.

Por otra parte, conoció de la queja presentada por Morena en contra del spot pautado para televisión por el Partido Acción Nacional (PAN), denominado CAM FED DILE ADIOS A MORENA, por considerar que se realizan acusaciones infundadas y calumniosas en contra de Morena y de servidores públicos emanados de éste.

Las medidas se estimaron improcedentes, al no advertir alguna frase que de forma unívoca implique una imputación específica de hecho o delito falso al quejoso de manera clara y sin ambigüedades. Para que se actualice la calumnia, debe estarse en presencia de frases, elementos o expresiones que, de manera unívoca, lleven a la imputación específica dirigida a una persona de un hecho o delito falso, lo que en el presente caso no ocurrió.

Se consideró que es un hecho público y notorio que en julio de 2008 inició la construcción de la Línea 12 del Metro de la Ciudad de México, bajo la gestión de Marcelo Ebrard Casaubon; año en el que Mario Martín Delgado Carrillo fungía como Secretario de Finanzas del entonces Distrito Federal y que el lamentable accidente ocurrido semanas atrás en esa línea aconteció durante la gestión de la actual Jefa de Gobierno, Claudia Sheinbaum Pardo.

Todos los proyectos fueron aprobados por unanimidad de votos de las Consejeras Adriana Favela y Claudia Zavala, así como del Consejero Ciro Murayama, presidente de la Comisión de Quejas y Denuncias.


Source link