La Fiscalía Anticorrupción ha recurrido en las últimas semanas varios autos del juez Manuel García-Castellón en los que archivaba causas abiertas por corrupción contra empresas importantes y en los que denegaba determinadas diligencias para investigar la supuesta financiación ilegal del PP de Madrid a través del Gobierno de Esperanza Aguirre.
Las decisiones del juez están relacionadas con el caso Púnica, una de las grandes causas de corrupción que instruye García-Castellón desde el Juzgado número 6 de la Audiencia Nacional. El caso Púnica investiga una trama ―con una decena de ramificaciones― vinculada a administraciones públicas y que afecta a numerosos altos cargos madrileños del PP. La expresidenta Esperanza Aguirre y su sucesor, Ignacio González, están imputados en este proceso.
Dos acusaciones populares (Adade y el PSOE) se unieron a los recursos de la Fiscalía Anticorrupción contra los autos del juez instructor. Estas acusaciones populares también reclaman nuevas diligencias de investigación en un momento decisivo de la causa. García-Castellón pretende finalizar ya la instrucción para celebrar juicio oral y ha dado tres días a las partes para que aleguen lo que consideren conveniente.
Adade y el PSOE recuerdan que el instructor acordó en 2018 incorporar al sumario las pruebas obtenidas en distintos registros a dirigentes del PP, pero que hasta hace unos días ―tres años después― no ha sido posible consultar esos indicios, lo que ha impedido una investigación adecuada de los hechos. También señalan que el juez no ha ordenado en los dos últimos años a las Fuerzas de Seguridad la elaboración de informes sobre las pruebas recabadas de la supuesta financiación ilegal del PP de Madrid.
Por su parte, la Fiscalía Anticorrupción ha recurrido en los últimos meses hasta tres piezas separadas del caso Púnica. Los fiscales censuran en términos muy duros las decisiones adoptadas por el juez García-Castellón.
Recalificaciones en Valdemoro
Anticorrupción recurrió en marzo pasado el archivo provisional de la causa contra dos empresarios de la construcción de Valdemoro y los representantes de El Corte Inglés por una recalificación de terrenos supuestamente fraudulenta que perjudicó al Ayuntamiento de la localidad, gobernado por el PP.
La Fiscalía acusó al instructor de haber vulnerado su derecho “a la tutela judicial efectiva”, de archivar la causa contra los constructores “sin esperar a conocer el resultado de un informe pericial”, y de contestar a los recursos de la Fiscalía y de Adade “negando valor a los datos objetivos extraídos de las fuentes de prueba utilizados en la causa”. El juez incurre, según Anticorrupción, en “contradicciones y razonamientos ilógicos” y acuerda un “sobreseimiento prematuro”. La Fiscalía llegó a sugerir que el instructor “parece ejercer de defensa de los investigados”.
La sección cuarta de la sala de lo penal de la Audiencia Nacional revocó el pasado 1 de julio el archivo decretado por el juez y ordenó continuar con la investigación, manteniendo a los constructores como imputados.
Desvío de fondos de la Comunidad de Madrid
El juez rechazó por “innecesarias e inútiles” más diligencias solicitadas por la Fiscalía Anticorrupción para investigar el supuesto desvío de fondos públicos de la Comunidad de Madrid a distintas empresas privadas, entre ellas Indra, dentro de la causa por financiación ilegal del PP. “Es un goteo en la solicitud de diligencias sin justificación alguna en base a datos que constan en el sumario desde 2017”, argumentó el juez.
La Fiscalía reprochó al instructor que llevaba tres años sin incorporar al sumario las pruebas encontradas en el registro a varios dirigentes del PP en relación con la financiación ilegal de este partido. También criticó al juez por rechazar nuevas diligencias de investigación sobre Indra, pese a que esta empresa admitió haber pagado por servicios nunca prestados a sociedades que supuestamente financiaron ilegalmente al PP de Madrid. “No se explica el cambio de criterio del instructor”, escribieron los fiscales en su recurso.
El sobreseimiento de Indra
El juez firmó un auto el 23 de marzo pasado el sobreseimiento provisional de la causa abierta contra Indra. “No ha quedado acreditado un incumplimiento grave de los deberes de control, vigilancia o supervisión por parte de la entidad respecto a la actuación de sus empleados y además al haberse constatado la adopción y ejecución, antes de la comisión del delito, de un modelo eficaz de prevención supervisado por un órgano autónomo”.
El juez mantenía imputados a varios directivos de Indra por supuesta corrupción, relacionada con la financiación del PP de Madrid, pero entendía que la compañía no tenía responsabilidad en lo ocurrido porque había aplicado sistemas para prevenir justamente la comisión de delitos entre sus empleados.
La Fiscalía sostuvo que Indra “colaboró en el pago a empresas amigas del PP-Madrid a través de la contratación fraudulenta de estas” y recurrió el archivo provisional, atribuyendo al juez instructor “un modo de razonar ilógico y arbitrario”. Anticorrupción recordó que Indra identificó a los responsables y despidió a quienes aparecían como sospechosos, pero lo hizo el 10 de diciembre de 2019, cinco años después de que ocurrieran los hechos. Y se preguntaba: “¿Un programa de cumplimiento normativo es eficaz cuando no solo no detecta los hechos, sino que tarda cinco años en identificar las irregularidades y tomar medidas?”. El auto del juez García-Castellón “carece de lógica en cuanto a las causas del sobreseimiento acordado” y genera “una infracción al derecho de la tutela judicial efectiva causante de indefensión”.
Los fiscales anticorrupción, conocedores de la intención del juez de poner fin a la instrucción sin aceptar las diligencias solicitadas y aprobando el archivo de la causa contra Indra, denunciaron “la extraña posición procesal [del instructor], incompatible con los principios de celeridad y tutela de los derechos fundamentales”.
La acusación popular de Adade y del PSOE recurrió, por su parte, la denegación de diligencias que solicitaron casi hace un año, pero a las que el juez ha respondido ahora. “Resulta llamativo”, denuncian, “la diligencia del juzgado para cerrar la instrucción, sus referencias a los años que lleva instruyéndose el caso, y que no haya encontrado tiempo para poner las actuaciones a disposición de las partes”.
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