Lydia Cacho asegura que tribunal ordenó a FGR desactivar ‘ficha roja’ de Interpol contra Kamel Nacif

La periodista de investigación, Lydia Cacho Ribeiro, denunció este jueves que un tribunal federal ordenó a la Fiscalía General de la República (FGR) que desactive la ‘ficha roja’ de Interpol contra el empresario Kamel Nacif Borge, a quien calificó como “el pederasta que ordenó” su tortura, en diciembre de 2005.

Mediante un hilo en su cuenta de Twitter, aseguró: “16 años de batalla judicial desactivados por una magistrada corrupta y una Suprema Corte de Justicia de la Nación que se negó a escucharnos”.

Cacho comentó que su equipo legal -encabezado por Artículo 19- metió un amparo en contra de la liberación de Nacif, como “el último y casi imposible recurso”.

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“Es una guerra contra la trata sexual de niñas y contra la corrupción del Estado mexicano. El hombre que ordenó comprar una niña virgen de 13 años volverá a México, yo en exilio por impunidad”, apuntó.

La periodista enfatizó que la SCJN tiene en sus manos, por tercera vez en 15 años, “la posibilidad de proteger a las víctimas de explotación sexual y pornografía infantil”, y a ella como sobreviviente de tortura. “¿Liberarán también al gobernador pedófilo Mario Marín? o de nuevo protegerán a los criminales”, pregunta.

Cacho Ribeiro fue encarcelada en Puebla entre el 16 y 17 de septiembre de 2005, presumiblemente por un arreglo entre el entonces gobernador del estado, Mario Marín Torres -actualmente preso en Cancún- y el empresario Nacif Borge, conocido como ‘el rey de la mezclilla’. La trama fue revelada el 14 de febrero de 2006 por la periodista Carmen Aristegui y el diario La Jornada, que exhibieron la grabación de una conversación entre ambos en la que se hizo célebre la frase “mi góber precioso”.

Nacif se encuentra en libertad bajo fianza en el Líbano, de donde es originario, donde fue arrestado en octubre de 2020.

La organización Artículo 19 dio a conocer que el jueves 15 de julio, el Tercer Tribunal Colegiado en el Estado de Quintana Roo otorgó un amparo a José Kamel Nacif Borge, liberándolo de toda responsabilidad por el delito de tortura en contra de la periodista y defensora de derechos humanos Lydia Cacho. “Con esta determinación se abre camino para la absolución del resto de los acusados”, sostuvo la organización.

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“Este órgano judicial señala en esta nueva sentencia que los hechos ocurridos los días 16 y 17 de diciembre de 2005, cuando Lydia fue aprehendida y torturada, no tuvieron relación con la publicación del libro Los Demonios del Edén: el poder de la pornografía infantil en México”.

“El amparo en revisión (bajo el número 143/2021) fue resuelto por mayoría, con el voto a favor de Selina Ahidé Avante Juárez, magistrada ponente del asunto, y Graciela Bonilla González, secretaria de tribunal en funciones de magistrada. El voto en contra fue del magistrado Jorge Mercado Mejía”, detalló.

Esto ocurre luego de que en abril pasado, el Segundo Tribunal Unitario de Quintana Roo negó un amparo a Kamel Nacif. Ante ello, el empresario interpuso este recurso de revisión, que finalmente resolvió el Tercer Tribunal Colegiado, en el mismo estado, el pasado 15 de julio, liberándolo de toda responsabilidad.

Artículo 19 apuntó que con un análisis profundamente sesgado, al momento de valorar las conversaciones telefónicas entre el exgobernador de Puebla, Mario Marín y Kamel Nacif, el Tercer Tribunal Colegiado consideró que, cuando Marín dijo que le acababa de dar “un pinche coscorrón a esta vieja cabrona (sic)”, se trataba de una afirmación “vaga y genérica” que en México es utilizada para identificar a una mujer.

“Pero ante la falta de precisión de algún nombre, no puede concluirse que entre todas las mujeres del mundo, los que intervinieron en la llamada se referían en específico a la sujeto pasivo [Lydia]”, mencionó.

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En su razonamientos, las magistradas consideraron que “no hay prueba fehaciente” sobre la existencia de una orden para torturar a la periodista por publicar el libro y que, todo lo sucedido y vivenciado por ella, se reduce a la responsabilidad de los dos policías que detuvieron a Cacho.

Incluso, consideraron poco relevante que automóviles propiedad de Nacif acompañaran de forma ilegal a los policías judiciales el traslado de Cacho en el trayecto de Puebla-Cancún-Puebla.

“Para un país donde la tortura, particularmente la de índole sexual contra mujeres, es una práctica generalizada y la violencia contra la prensa es una constante que se registra cada 13 horas, el mensaje de las autoridades judiciales es devastador al favorecer la impunidad”, sostuvo.

“La sentencia además denota un profundo desconocimiento de los estándares internacionales en materia de derechos humanos y tiene una clara intención de exonerar a todos los autores intelectuales”, consideró.

El 27 de julio se notificaron dos sentencias emitidas por el Juzgado Tercero de Distrito en Quintana Roo, mediante las cuales, por un lado negó el amparo al ex gobernador de Puebla, Mario Marín, contra el auto de formal prisión que le fue dictado el 10 de febrero de 2021 por su probable responsabilidad en el delito de tortura contra Lydia Cacho, y también se le negó el amparo contra la solicitud que realizó para llevar su proceso bajo libertad”.




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