La justicia europea ratifica la multa de 2.424,5 millones a Google por vulnerar la competencia

El logo de Google en la sede de la compañía en Mountain View, California (Estados Unidos).
El logo de Google en la sede de la compañía en Mountain View, California (Estados Unidos).DPA vía Europa Press (Europa Press)

El Tribunal General de la Unión Europea (TGUE) ha dado un espaldarazo a la Comión Europea al fallar este miércoles contra Google en el litigio que está librando con Bruselas en torno a la sanción de 2.424,5 millones que la Comisión Europea impuso al gigante tecnológico en 2017 por vulnerar la competencia. El Ejecutivo comunitario concluyó entonces que el famoso buscador privilegiaba los productos de su empresa frente a los de los competidores. Los jueces opinan lo mismo: resaltan que la empresa estadounidense “favorece su propio servicio de comparación de precios en la muestra general de resultados con una posición y una visualización más favorable, mientras relegaba los mismos servicios de la competencia”, según la nota emitida por la corte comunitaria. El fallo no es definitivo, ya que puede recurrirse ante el Tribunal de Justicia de la UE (TJUE), la instancia superior.

La multa asciende a algo más de 2.400 millones, de los cuales 523,5 millones tiene que asumirlos Alphabet, la sociedad matriz de Google. El caso comenzó en 2015, cuando el departamento de Competencia, ya dirigido por Margrethe Vestager, abrió una investigación a Google por privilegiar sus propios productos, como Google Shopping, el comparador de precios, en el famoso buscador. Dos años después se tradujo en la que hasta ese momento era la sanción más cuantiosa impuesta por el Ejecutivo comunitario. El fallo de la justicia europea da aliento a Vestager después de haber recibido varios varapalos de Luxemburgo respecto a varios casos vinculados a la concesión ayudas de Estados que Bruselas creía ilegales, entre ellos el de Apple por parte de Irlanda.

A la hora de sustentar sus argumentos, el TGUE parte de tres puntos: el primero es la importancia del tráfico que genera Google; el siguiente es la actitud de los usuarios, que suelen focalizarse solo en los primeros resultados que ofrece el buscador, y, por último, en que la audiencia que lleva Google no puede ser sustituida efectivamente, y eso debilita la competencia. Añaden los magistrados que “la vocación universal del motor de búsqueda general de Google, diseñado para indexar resultados con cualquier contenido posible” convierte en “una anormalidad” la promoción de los productos de Google frente a otros.

“Incluso si los resultados de otros comparadores de precios son más relevantes, ellos nunca podrían recibir el mismo tratamiento que el recibido por el servicio de Google en el posicionamiento o en la visualización [en pantalla]”, denuncian los magistrados. Estos, además, rechazan los argumentos de la empresa porque señalan que la Comisión encontró suficiente base como para demostrar que el tráfico que generaba el buscador no se podía sustituir a través de anuncios o aplicaciones y que fue eso, y no la innovación, lo que provocó el debilitamiento de la competencia.

Para concluir que Google vulneraba la competencia, los técnicos de la Comisión rastrearon 1.300 millones de búsquedas desde 2008 y encontraron “evidencias” de que en un 90% de las ocasiones los productos de los competidores eran mucho menos visibles en los resultados del buscador que los propios de Alphabet. “Hoy los jueces envían un claro mensaje de que la conducta de Google era ilegal y aportan la claridad necesaria para el mercado”, ha subrayado este miércoles la Comisión en su reacción a la sentencia.

Hasta 2015, la Comisión había tratado de llegar a acuerdos con el gigante tecnológico para resolver la situación, pero hace seis años cambió de estrategia y optó por abrir expedientes que se han traducido en importantes multas, como esta sobre la que ha fallado el Tribunal General de la Unión Europea. A partir de entonces llegaron más sanciones. El grupo Alphabet, la firma matriz del grupo de Google, acumula una factura de 8.240 millones por lo que Bruselas entiende que son vulneraciones a la competencia.

Entre los castigos a Alphabet pendientes de confirmar en los tribunales de Luxemburgo hay un expediente que concluyó en 2018 con una multa que prácticamente dobla a la de esta sentencia, de 4.343 millones. Es la que le impuso el departamento de Vestager por obligar a los fabricantes de teléfonos móviles a instalar de serie sus aplicaciones si querían contar con el sistema operativo Android. Este caso recuerda mucho al que, en los albores de internet, enfrentó a Bruselas con Microsoft cuando instalaba en los ordenadores personales el navegador Internet Explorer con el sistema operativo Windows, una política comercial que perjudicó mucho a Netscape, el navegador más utilizado entonces.

La factura europea de Google podría crecer en el futuro, ya que la Comisión abrió en junio otra investigación al gigante tecnológico. Esta vez el expediente se centra en determinar si recurre a prácticas monopolísticas en el mercado de la publicidad.


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