El senador Germán Martínez Cázares presentó una solicitud de juicio político contra la ministra Yasmín Esquivel Mossa, por el plagio de su tesis de licenciatura.
El independiente presentó la solicitud ante la Cámara de Diputados, que deberá evaluar las acusaciones para determinar si hace suya la acusación para retirarla del cargo.
En conferencia, el legislador dijo que está de acuerdo con el presidente Andrés Manuel López Obrador en que la UNAM puede retirarle el título a la ministra.
Sostuvo que la Secretaría de Educación Pública también puede retirarle el registro, pero sostuvo que ese trámite no es requisito para acceder al máximo tribunal; lo que sí es necesario es tener el título en Derecho, dijo.
Aseguró que la ministra ha mentido y eso afecta su buena reputación y honorabilidad.
Martínez dijo que Esquivel Mossa tiene una responsabilidad política que no prescribe, por lo que es un asunto que tiene más que ver con la ética que con un asunto penal, civil o de derechos de autor.
El senador afirmó que la ministra tiene un título fake, título falso, y está usurpando un lugar en el máximo tribunal.
¿Cómo es el juicio político en México?
El juicio político es un procedimiento de orden constitucional que realizan las cámaras del Congreso.
La Cámara de Diputados opera órgano de acusación y la Cámara de Senadores como órgano de sentencia.
Pueden ser sujetos de juicio político los senadores y diputados, los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, los consejeros de la Judicatura Federal, los secretarios de Estado, el Fiscal General de la República, los magistrados de Circuito y jueces de Distrito, el consejero Presidente, los consejeros electorales y el secretario ejecutivo del Instituto Nacional Electoral, los magistrados del Tribunal Electoral, los integrantes de los órganos constitucionales autónomos, los directores generales y sus equivalentes de los organismos descentralizados, empresas de participación estatal mayoritaria.
Se activa cuando los actos u omisiones de los servidores públicos redunden en perjuicio de los intereses públicos fundamentales por violaciones graves a la Constitución, a las Leyes Federales que de ella emanen, así como por el manejo indebido de fondos y recursos federales.
La Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos especifica como motivos de juicio:
i) el ataque a las instituciones democráticas;
ii) el ataque a la forma de gobierno republicano, representativo, federal;
iii) las violaciones a los derechos humanos;
iv) el ataque a la libertad de sufragio;
v) la usurpación de atribuciones;
vi) cualquier infracción a la Constitución o a las leyes federales cuando cause perjuicios graves a la Federación, a uno o varios Estados de la misma o de la sociedad, o motive algún trastorno en el funcionamiento normal de las instituciones;
vii) las omisiones de carácter grave, en los términos de la fracción anterior; y,
viii) las violaciones sistemáticas o graves a los planes, programas y presupuestos de la Administración Pública Federal.
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