“En ningún momento presioné a las senadores y senadores” de Morena para votar a favor de Mónica Fernández, asegura.
“No he cometido infracción a los Estatutos y Principios de Morena, ya que, como militante, he actuado en apego a los postulados del partido en todo momento, y como Senador de la República y Coordinador del Grupo Parlamentario de MORENA, he actuado apegado a los principios de la Constitución que protegen el sistema democrático de nuestro país”, respondió Ricardo Monreal a la queja presentada en su contra por su compañero Martí Batres, ante la Comisión Nacional de Honestidad y Justicia.
“En el caso del hecho imputado, en la reunión, elección, o procedimiento que se imputa, participé como Senador de la República al estar relacionado con el diálogo y consenso con la propuesta de integración de un órgano del Estado, y no con mi carácter de militante, ya que la reunión no se tocó un tema relacionado con el partido, como ya lo determinó la Sala Superior, la actuación o el hecho está amparado por la inviolabilidad parlamentaria”, refirió sobre la elección de la nueva Mesa Directiva del Senado, que perdió Batres frente a Mónica Fernández.
Monreal señaló que “la Comisión carece de competencia para iniciar un procedimiento basado en hechos que están protegidos por el principio de inviolabilidad parlamentaria”. Además, “la Comisión carece de competencia para iniciar un procedimiento relacionado con las actividades del Senado de la República, las actuaciones están protegidos por la inviolabilidad parlamentaria”.
“La conductas que se me pretenden imputar son la vulneración a los principios y valores contenidos en los Estatutos, Declaración de Principios y Programa de Acción del Partido Político MORENA, por la supuestas irregularidades en la convocatoria y desarrollo del proceso de reelección o elección de los integrantes de la Mesa Directiva del Senado de la República, la supuesta influencia ejercida sobre los Senadores y Senadoras que participaron en la elección para favorecer a una de las contendientes, además, por supuestas conductas patrimonialistas y crear un ambiente de animadversión hacia el quejoso”, expone Monreal.
“Sin embargo, esas afirmaciones son falsas y parten de una premisa errónea e insostenible, ya que, siempre me condujo en mi carácter de Senador y Coordinador del Grupo Parlamentario de MORENA, cumpliendo con las obligaciones propias de mi encargo, por lo que, bajo ningún concepto, las manifestaciones realizadas en cumplimiento de mis funciones podrían derivar en alguna responsabilidad sancionable, como incorrectamente lo considera el quejoso”, sostiene.
“Por lo anterior, puntualizo claramente, que son falsos los hechos que se me imputan, ya que en ningún momento presioné a las senadores y senadores. La reunión se realizó por petición de los integrantes del grupo parlamentario, y solo tuvo la finalidad de generar consensos sobre la propuesta del senador o senadora que apoyaríamos para presidir el órgano del Estado, incluso, repito, es el Pleno del Senado, todos los senadores y senadores, los que votaron el 31 de agosto por cédula, y lo hacen libremente“.
“Tal actuación, reunión, diálogo y consenso en el Senado, está amparado por el principio constitucional principio de inviolabilidad legislativa previsto en el artículo 61, de la CPEUM, interpretado por la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, en la tesis 31/2017, que la finalidad del principio de inviolabilidad legislativa consiste en otorgar protección a los legisladores cuando actúen en ejercicio de sus funciones, de tal forma que no puedan ser objeto de responsabilidades por las decisiones u opiniones que expresan en cumplimiento a esas obligaciones”, agrega.
“En ese sentido, tampoco puede determinarse que el suscrito, como Coordinador del Grupo Parlamentario de MORENA, haya trastocado lo dispuesto en el artículo 13, fracción VII, del Estatuto del Grupo Parlamentario MORENA, que establece que, para que las decisiones sean válidas se requiere de la mayoría de votos de los integrantes del Grupo Parlamentario de MORENA, en tanto que, como se ha dicho, y ya la Sala Superior lo determinó, la convocatoria a la reunión no tiene relación con actos del partido ni vinculados a él, sino que se tuvo la finalidad de generar consensos respecto de la integración de un órgano del Estado, lo cual, está protegido por el adecuado desempeño del cargo de los integrantes del grupo en nuestro carácter de Senadores, por lo que la Comisión debe declarar sin materia el procedimiento, por carecer de competencia”, indica.
“En ese sentido, tampoco tiene relevancia el hecho que se imputa de que en la segunda etapa de la votación, y luego de un receso solicitado por la Senadora Freyda Maribel Villegas Canche, el Senador Napoleón Gómez Urrutia manifestó la unidad con la coalición y señaló que el grupo parlamentario del Partido Encuentro Social sí participó en la elección y el Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo no. Porque se insiste, la reunión se celebró con una finalidad distinta a los intereses del partido, ya que lo que pretendía era en ejercicio del cargo de senadores, que fue dialogar sobre una propuesta a la integración del órgano del Estado, que finalmente, carece de vinculación, porque el Pleno del Senado es el que decide libremente por voto de todos los senadores y senadores”, asevera.
Por todo ello, dice que “la Comisión de Justicia de MORENA debe declarar la improcedencia de la queja, porque los hechos señalados por el C. Martí Batres Guadarrama no encuadran con algún tipo administrativo”.
“Las conductas denunciadas son falsas, porque no están relacionadas con alguna actuación que incida en la esfera del partido político, sino que la reunión formó parte del ejercicio parlamentario, y los Senadores y Senadores actuaron libremente”, insiste.
“Además, porque el quejoso no demuestra con ningún medio de convicción, además de que realiza manifestaciones genéricas, ambiguas y sin sustento jurídico. Incluso, pretende que la Comisión de Honestidad y Justicia se pronuncie sobre un tema que pertenece exclusivamente al ámbito parlamentario y no al interno del partido político MORENA”.
“Por lo que, la Comisión debe sobreseer la queja, porque carece de competencia para revisar la actuación de un Senador en ejercicio de sus labores legislativas que están amparadas por el principio de inviolabilidad parlamentaria”, concluye.
Aquí la respuesta íntegra, recibida el pasado 2 de septiembre por la comisión:
Acuse Contestación Emplazamiento de Queja by Aristegui Noticias on Scribd