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Aclara Secretaría del Trabajo dudas en emergencia

Aclara Secretaría del Trabajo dudas en emergencia

Para resguardar los derechos de los trabajadores, la dependencia publicó este martes el documento Preguntas frecuentes: Situación Laboral Frente al Covid-19.

Tras la declaratoria de emergencia sanitaria por causa de fuerza mayor derivada del Covid-19, fueron suspendidas actividades no esenciales, por lo que miles de trabajadores que han parado se enfrentan a la incertidumbre salarial o incluso a la posibilidad del cierre definitivo de su fuente de empleo.

Para disipar las dudas y resguardar los derechos laborales, la Secretaría del Trabajo y Previsión Social publicó este martes el documento Preguntas frecuentes: Situación Laboral Frente al Covid-19.

En el documento, la dependencia aclara varios puntos fundamentales, principalmente sobre el salario, la suspensión de actividades y la posibilidad de despidos.

“En estos momentos es crucial que según sea la rama de la industria y la actividad económica a que se dedica cada empresa o negocio, exista un acuerdo mutuo para proteger a los trabajadores y a las fuentes de trabajo. La Procuraduría Federal de Defensa del Trabajador (PROFEDET) puede auxiliar para llegar a convenios que concilien los intereses de ambas partes”, señala.

La mayor de las dudas es con respecto al pago durante la suspensión de labores, pues se dice que el patrón, por ley, está obligado solamente a pagar el salario mínimo; sin embargo, la STPS descarta esta información.

“La Ley Federal del Trabajo establece que para el caso de suspensión temporal por fuerza mayor será la autoridad quien determine el monto de indemnización sobre la base del salario del trabajador o trabajadora hasta por un mes. (art. 429 y 430 de la LFT)”, explica el documento.

“Lo que la autoridad determinó fue una emergencia sanitaria por causa de fuerza mayor por lo que el criterio de pagar un salario mínimo no es aplicable”.

En caso de que un empleado sea despedido por ser diagnosticado con Covid-19 o por la contingencia, sería injustificado y puede demandar al patrón en un término no mayor de dos meses, de acuerdo con la Ley Federal del Trabajo. Considerando la situación actual, el plazo marcado por la ley comenzará a transcurrir a partir de que se levante la emergencia sanitaria.

Los trabajadores afectados pueden acudir a la PROFEDET para que los defienda de manera gratuita o llamar a los teléfonos 800 9117877 y 8007172942.

En caso de dudas sobre sus derechos laborales, el interesado puede llamar al 5546059232 o 5546068313 en la CDMX. Si es competencia federal, debe llamar al teléfono 800 9117877 o 8007172942.

Consulta aquí el documento de la STyPS:

Preguntas Frecuentes Stps-31 Marzo-2110.PDF by Aristegui Noticias on Scribd




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