El secretario de Gobernación, Adán Augusto López, rechazó la sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) que ordena al Estado mexicano a tomar medidas en torno a las figuras del arraigo y de la prisión preventiva.
En conferencia, el titular de la Segob consideró que la sentencia emitida el pasado 27 de enero era una “falta de respeto al Estado mexicano”.
“Es un despropósito de la Corte Interamericana el ponerse por encima de la Constitución y es faltarle respeto al Estado mexicano. No puede haber ningún poder por encima del Estado mexicano, que es, entre otras cosas, pues el garante de que en este país haya estabilidad social, política, económica”, declaró.
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No puede haber ninguna corte, por más Interamericana que sea, que cometa, como le dije, ese despropósito de obligar al Estado mexicano a modificar la Constitución, pues es uno de nuestros orgullos como mexicanos.
Durante una gira de trabajo por el estado de Tlaxcala, el funcionario federal recordó que hace unos meses la Suprema Corte de Justicia de la Nación analizó la figura de prisión preventiva oficiosa y determinó modificarla únicamente en los delitos relacionados con la defraudación fiscal.
Dijo que se habló de que la CIDH “iba a ordenar o iba a fallar en contra del Estado mexicano y entonces había que modificar la Constitución y desaparecer la prisión preventiva oficiosa”.
“Pues en esa ocasión fue declarada ya constitucionalmente válida la prisión preventiva oficiosa, si mal no recuerdo, se modificó única y exclusivamente en los delitos concerniente a la defraudación fiscal y se quedó constitucionalmente vigente con respecto de otros delitos graves”, precisó.
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En la Sentencia del caso Tzompaxtle Tecpile y otros Vs. México, notificada el pasado viernes 27 de enero, la CIDH declaró que el Estado mexicano es responsable por la violación de los derechos a la integridad personal, libertad personal, a las garantías judiciales y a la protección judicial cometidas contra Jorge Marcial Tzompaxtle Tecpile, Gerardo Tzompaxtle Tecpile y Gustavo Robles López en el marco de su detención y privación a la libertad, como parte del proceso penal del que eran objeto.
En razón de las violaciones declaradas en la Sentencia, la Corte ordenó diversas medidas de reparación:
adecuar su ordenamiento jurídico interno sobre prisión preventiva;
realizar las publicaciones y difusiones de la Sentencia y su resumen oficial;
realizar un acto público de reconocimiento de responsabilidad internacional;
brindar el tratamiento médico, psicológico, psiquiátrico o psicosocial a las víctimas que así lo soliciten; y,
pagar las cantidades fijadas en la Sentencia por concepto de costas y gastos.
El resumen oficial de la Sentencia puede consultarse aquí y el texto íntegro de la Sentencia puede consultarse aquí.
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Por primera vez en la historia, Corte IDH declara inconvencional un artículo de la Constitución: Carbonell
El abogado y director del Centro de Estudios Jurídicos Carbonell AC., Miguel Carbonell, se congratuló luego que la Corte Interamericana de Derechos Humanos declarara inconvencional la figura del arraigo prevista en el artículo 16 de la Constitución Mexicana.
“¡La Corte Interamericana de Derechos Humanos acaba de declarar inconvencional la figura del arraigo prevista en el artículo 16 de la Constitución mexicana! Importantísimo precedente que nos obliga a modificar esa aberración prevista constitucionalmente desde 2008. ¡Bravo!”, expresó en una serie de mensajes en Twitter.
El litigante señaló que por primera vez en la historia, la Corte IDH realizó esta declaración por lo que dijo habrá que modificarlo lo antes posible.
Carbonell aseveró que desde que fue presentada la mencionada iniciativa por el entonces presidente Felipe Calderón, señalaron que el arraigo violaba estándares interamericanos.
“Nos ganaron esa discusión pero la historia nos terminó dando la razón. Hoy lo certifica la Corte Interamericana. Momento histórico”.
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Implicaciones para los órdenes político y jurídico del país: García Ramírez
Para el doctor Sergio García Ramírez, ex presidente de la Corte Interamericana de Derechos Humanos y profesor emérito de la Universidad Nacional Autónoma de México, la sentencia en el Caso Tzompaxtle Tecpile y Otros puede ser calificada como “una decisión histórica”.
El pasado 3 de febrero, el doctor García publicó un análisis sobre cómo, después de que la CIDH dictó a finales de 2022 la sentencia para el Caso y en enero de este año se notificó el fallo al Estado, existen una serie de implicaciones para los órdenes político y jurídico del país.
Puede consultar aquí el análisis íntegro del doctor García publicado en la Revista Abogacía.
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