Anuncian iniciativa en Senado para garantizar aborto tras resolución en Suprema Corte | Videos

En el Día de Acción Global para el Acceso al Aborto Legal y Seguroun grupo de legisladores anunció este martes que presentarán ante el pleno del Senado una iniciativa para reformar diversos artículos de la Ley Federal de Salud, en materia de irrupción del embarazo, luego de que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declarara inconstitucional la penalización del aborto voluntario.

Los senadores impulsores de esta iniciativa son Patricia Mercado, por Movimiento Ciudadano; Martha Lucía Mícher, de Morena; Claudia Ruiz Massieu, por el PRI; Miguel Ángel Mancera, del PRD y otros legisladores que se sumarán próximamente.

En conferencia de prensa desde el Senado, la legisladora Mícher Camarena explicó “a grandes rasgos” lo que presentarán en próximos días. 

“Primero estamos adicionando un nuevo capítulo en materia de salud reproductiva, en el que se reconoce en la ley el derecho a decidir de las mujeres embarazadas al comienzo del proceso de gestación entre continuar o interrumpir su embarazado”.

“Dos, se reforma la denominación y los diferentes artículos del vigente capítulo destinado a la atención materno-infantil, para que ahora se llame, como lo propusimos en otra iniciativa, ‘atención a la salud materna perinatal, neonatal e infantil‘”, agregó.

Explicó que este capítulo busca proteger a las mujeres y a las personas gestantes que decidieron continuar con su embarazo. Asimismo, indicó que se agregó un capítulo denominado “servicios de aborto seguro”.

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Y se adiciona un nuevo capítulo denominado ‘objeción de conciencia’, dentro del título cuarto de la Ley General de Salud referida a recursos humanos para los servicios de Salud, donde deberían ir esas disposiciones puesto que contemplan excepciones para el personal sanitario, a título individual”, indicó.

En su oportunidad, la senadora Patricia Mercado señaló que en la iniciativa proponen que “la decisión de continuar o interrumpir un embarazo le corresponde única y exclusivamente a la mujer embarazada o persona con capacidad de gestar en ejercicio de su autonomía reproductiva, tal como resolvió la Suprema Corte”.

El pasado 7 de septiembre la Suprema Corte de Justicia de la Nación declaró por primera vez en su historia que es inconstitucional la penalización del aborto voluntario, pues viola el derecho a decidir de las mujeres y personas gestantes.

Por otro lado, Mercado abundó que en la Ley General de Salud se deben considerar servicios de salud reproductiva, “toda mujer embarazada o persona gestante puede solicitar libremente los servicios de aborto seguro para interrumpir su embarazada durante las primeras 12 semanas del proceso de gestación“.

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Por objeción de conciencia se entiende el derecho que tienen individualmente, no es un derecho institucional, quienes forman parte del personal médico o de enfermería en alguna institución del sistema nacional de Salud para abstenerse de participar directamente en la prestación de determinado tipo de servicio o de atención médica contrarios a sus convicciones éticas, de conciencia o de religión”.

El derecho a la objeción de conciencia, como parte del derecho a la libertad de conciencia, debe ser respetado; sin embargo, ninguna persona puede invocar objeción de conciencia para abstenerse a prestar el servicio a una determinada persona debido a su origen étnico nacional, género, edad, discapacidades, condición social, religión, preferencias sexuales, estado civil o cualquier otra diferenciación que atente contra su derecho a la salud.




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