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Aprueba Senado las leyes secundarias de la Guardia Nacional

Aprobadas, la Ley de la Guardia Nacional, la Ley Nacional Uso de la Fuerza, la Ley Nacional de Registro de Detenciones y la Ley del Sistema de Seguridad Pública, tres de ellas con hasta 114 votos y una con 110.

El Pleno del Senado aprobó en lo general y en lo particular las cuatro leyes que regularán la actuación de la Guardia Nacional, que será completamente civil, con mando civil y tendrá el objetivo mejorar las condiciones de seguridad en el país.

El presidente de la Junta de Coordinación Política, Ricardo Moneral Ávila, señaló que el Senado entregará todos los elementos para que este cuerpo de seguridad opere en el país con legalidad constitucional.

La sesión que duró aproximadamente tres horas tuvo como principal eje los posicionamientos de un senador por cada partido político, así como del senador independiente Emilio Álvarez Icaza, para hablar por cada una de las cuatro leyes en un solo acto.

Tras la firma del acuerdo logrado durante la mañana en la Junta por parte de todos los grupos parlamentarios, de conformidad se dispensó la segunda lectura, no hubo oradores para posicionar en lo general y tampoco hubo reservas en cada una de las votaciones de las leyes secundarias de la Guardia Nacional.

El presidente de la Mesa Directiva, Martí Batres, llevó el procedimiento una a una de las leyes. Sobre la Ley de la Guardia Nacional se emitieron 114 votos en favor y una abstención. La Ley Nacional Uso de la Fuerza recibió 110 en favor y una abstención.

Para la Ley Nacional de Registro de Detenciones se emitieron 114 votos en favor y una abstención. La Ley del Sistema de Seguridad Pública tuvo 114 votos en favor y una abstención. Las cuatro leyes se enviaron a la Cámara de Diputados para sus efectos, análisis y aprobación.

La Junta convocó para el 20 y 21 de mayo para un segundo periodo extraordinario del segundo receso de la LXIV Legislatura, para la discusión de las leyes de extinción de dominio, cuidados paliativos, uso de medicamentos controlados, consulta popular y revocación de mandato.




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