La Cámara de Senadores aprobó en lo general y particular el dictamen de reformas a la Ley Federal de Consulta Popular y lo envió al Ejecutivo para su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
La reforma fue aprobada por 71 votos en favor y 47 en contra, tras desecharse las reservas presentadas por el PAN, PRI, MC, PT y PRD.
El decreto, aprobado previamente por la Cámara de Diputados, crea un procedimiento “más sencillo, accesible y permanente para este instrumento de participación directa”, destacó el Senado en un comunicado.
Establece que las consultas populares podrán ser anuales y llevarse a cabo el primer domingo de agosto, además de que sus resultados serán vinculantes para los poderes Ejecutivo y Legislativo.
En los temas de trascendencia nacional, los ciudadanos podrán solicitar una consulta popular con el respaldo de “al menos, el dos por ciento de las personas inscritas en la lista nominal de electores”. El mismo porcentaje se aplica para las consultas regionales.
Igualmente introduce la consulta popular para “temas de trascendencia regional que son competencia de la Federación”.
El decreto señala que Instituto Nacional Electoral (INE) será el encargado de la promoción y difusión de las consultas.
Sin embargo, no podrán ser objeto de consulta popular: la permanencia o continuidad en el cargo de las personas servidoras públicas de elección popular, el sistema financiero, el Presupuesto de Egresos de la Federación y las obras de infraestructura en ejecución.
Tampoco podrá someterse a consulta la restricción de los derechos humanos reconocidos por los tratados internacionales de los que México es parte.
Incorpora el proceso de digitalización para la obtención de las firmas requeridas para promover una consulta.
Los ciudadanos deberán presentar su solicitud de consulta ante cualquiera de las cámaras del Congreso de la Unión. Una vez presentada, la Cámara tendrá 20 días naturales para votar el dictamen de aprobación.
Las reformas fueron aprobadas en lo general por 91 votos en favor y 24 en contra.
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