Aprueban “objeción de conciencia” en Ley de Salud de NL; podría impedir derecho: Conapred

El Conapred advirtió que se puede convertir “en un impedimento para que todas las personas ejerzan plenamente su derecho a la salud”.

Por Melva Frutos

El Congreso del Estado de Nuevo León aprobó por mayoría incluir la Objeción de Conciencia en la Ley Estatal de Salud, que implica que el personal de salud podrá negarse a brindar servicios a personas de la comunidad LGBTTTI y a mujeres que busquen abortar, entre otros.

El pasado 15 de octubre 2019, la propuesta fue presentada por la diputada del PT, María Guadalupe Rodríguez Martínez, y contenía reformas al artículo 48 de la citada ley.

“La objeción de conciencia es el derecho consistente en la negativa a realizar determinados actos o servicios derivados de una orden de autoridad o de una norma jurídica cuando estos contradicen los propios principios éticos o morales”, expuso la legisladora.

“Recientemente, en México la Comisión Nacional de Bioética expidió el Código de Bioética para el Personal de Salud, en el cual hace referencia al tema en el artículo 28 el cual a la letra señala lo siguiente: ‘El personal de salud podrá rehusarse a aplicar medidas diagnósticas y terapéuticas que a su juicio pongan en riesgo la vida de los pacientes o su descendencia, bien sea a petición de los propios pacientes, de sus superiores jerárquicos o autoridades institucionales, cuando se oponga a la práctica médica comúnmente aceptada, a los principios bioéticos, a sus capacidades profesionales o a razones de objeción de conciencia‘”, añadió.

La fracción IV que se adicionó al artículo 48 de la Ley Estatal de Salud y que los legisladores de Nuevo León aprobaron indica que “el personal médico y de enfermería que forme parte del Sistema Estatal de Salud, podrán ejercer la objeción de conciencia y excusarse de participar en la presentación de servicios que establece esta ley”. 

La objeción de conciencia da el derecho a los profesionales de la salud a rehusarse a brindar el servicio si éste es contrario a sus creencias personales, por motivos éticos, morales o religiosos.
Sin embargo, la decisión ha causado polémica en la entidad, debido a que podría negarse el servicio médico a personas migrantes e indígenas, a miembros de la comunidad LGBTTTI, así como a quienes padecen VIH y mujeres que busquen abortar.

No se deben dejar de prestar servicios médicos: Conapred

En un comunicado, el Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación (Conapred) alertó sobre la posibilidad de que la reforma “se convierta en un impedimento para que todas las personas ejerzan plenamente su derecho a la salud. Dicha reforma aprueba la objeción de conciencia para que el personal médico y de enfermería pueda abstenerse de realizar ciertos procedimientos médicos”.

Enfatizó que la objeción de conciencia no debe conducir a que el estado de NL “deje de prestar servicios médicos a la ciudadanía”.




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