Avala Corte eliminación de la compensación universal

Las modificaciones aprobadas por el Congreso no afectan el saldo a favor de los contribuyentes y combaten la evasión fiscal, determinó la ministra Yasmín Esquivel Mossa.

La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) avaló este miércoles la eliminación de la compensación universal de impuestos decretada por el Congreso en la Ley de Ingresos 2019, al fallar en contra de varias empresas en tres amparos en revisión.

La compensación universal consistía en la utilización del saldo a favor en algún impuesto federal para subsanar un adeudo por concepto de otro impuesto federal. Los contribuyentes “podrán optar por compensar las cantidades que tengan a su favor contra las que estén obligados a pagar por adeudo propio o por retención a terceros, siempre que ambas deriven de impuestos federales distintos de los que se causen con motivo de la importación, los administre la misma autoridad y no tengan destino específico”, indica el Código Fiscal de la Federación en su artículo 23.

Sin embargo, el Congreso eliminó esa posibilidad en la Ley de Ingresos 2019, limitándola de la siguiente forma: “los contribuyentes obligados a pagar mediante declaración únicamente podrán optar por compensar las cantidades que tengan a su favor contra las que estén obligadas a pagar por adeudo propio, siempre que ambas deriven de un mismo impuesto“.

Diversas empresas iniciaron juicios de amparo contra esta modificación y luego de recibir fallos contrarios en primera y segunda instancia, acudieron a la Corte. Los tres amparos en revisión, 492/2019, 519/2019 y 545/2019 fueron turnados a la ministra Yasmín Esquivel Mossa, quien confirmó las sentencias recurridas.

“La mecánica que se implementa en este ejercicio si bien adquirió mayor complejidad, lo cierto es que, se insiste, no afecta la existencia del saldo a favor de los contribuyentes debido a que sólo se establecen modalidades para su obtención o utilización; a saber, extinguir diversas obligaciones tributarias por adeudo propio, o bien, solicitar su devolución a la autoridad hacendaria”, afirmó en sus resoluciones la ministra.

Esquivel Mossa añadió que “la medida impacta en el patrimonio de los contribuyentes; sin embargo, éstos tienen a su alcance los métodos para llevar a cabo la recuperación de los saldos a favor mediante su solicitud ante la autoridad hacendaria, o bien, compensarlos contra los mismos impuestos, con la finalidad de que estén en disponibilidad de disponer de ellos”.

El argumento del Congreso para eliminar la compensación universal fue combatir la evasión fiscal y la ministra, en sus resoluciones, le dio la razón.

“Las limitantes establecidas en la norma no conculcan derechos de los contribuyentes, puesto que si bien se torna más complejo el procedimiento del entero de los tributos, tanto para los particulares, como el despliegue de las facultades de comprobación fiscal de las propias autoridades, el objetivo de la modificación es que cesen las prácticas de evasión fiscal, lo que disminuiría la privación de recaudación de los recursos necesarios para la satisfacción de las necesidades colectivas”, explicó.

De acuerdo con el diario Reforma, entre las más de 400 empresas que promovieron amparos contra esta reforma están Ferromex, Grupo Salinas y todas sus filiales, Herdez, Cinépolis, Chedraui, Nestlé, Grupo Posadas y Bayer, por mencionar algunas.




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