La Comisión de Gobernación de la Cámara de Diputados dio luz verde a una reforma que eleva las multas a quienes injurien al presidente de la República y otros funcionarios.
Es una reforma a la Ley de Delito de Imprenta, que actualmente establece multa máxima de mil pesos a quien injurie al Presidente. Si se completa el proceso legislativo la sanción será de hasta 4 mil 174 pesos.
Es una propuesta de reforma presentada por la morenista Jocabeth Hernández Ruedas.
En su exposición de motivos dice que la ley vigente ya no “corresponde a nuestro tiempo”, pues “establece sanciones de 25 y 50 pesos o arresto de que no baje de un mes ni se exceda de los once meses para quien publique palabras o expresiones injuriosas en detrimento de otras personas”.
Es decir, sale tan barato insultar al policía de la esquina, y a un secretario de Estado y además una afrenta al Congreso no cuesta dinero (…) Por ello se actualizarán las multas a las unidades de medida mencionadas para hacer eficiente esta ley en su aplicación.
Si se aprueba la propuesta así quedarían las multas:
*De 5 a 40 UMA (de 518 pesos a 4 mil 149 pesos) injurias al presidente de la República en el acto de ejercer sus funciones o con motivo de ellas.
*De 5 a 40 UMA (de 518 pesos a 4 mil 149 pesos) las injurias a los secretarios del despacho, al fiscal general de la República o a los directores de los departamentos federales, a los gobernadores, a la persona titular de la jefatura del gobierno de la Ciudad de México, en el acto de ejercer sus funciones o con motivo de ellas, o a los tribunales, legislaturas y gobernadores de los estados, a éstos con motivo de sus funciones;
*De 5 a 40 UMA (de 518 pesos a 4 mil 149 pesos) las injurias a un magistrado de la Suprema Corte, a un magistrado de circuito o del Distrito Federal o de los estados, juez de distrito o del orden común ya sea del Distrito Federal, de los territorios o de los estados, a un individuo del Poder Legislativo federal o de los estados, o a un general o coronel, en el acto de ejercer sus funciones o con motivo de ellas, o contra cualquier otro cuerpo público colegiado distinto de los mencionados en las fracciones anteriores ya sean de la Federación o de los Estados. S
*De 5 a 10 UMA (de 518 pesos a mil 36 pesos) al que injurie al que mande la fuerza pública, a uno de sus agentes o de la autoridad, o a cualquiera otra persona que tenga carácter público y no sea de los mencionadas en las cuatro fracciones anteriores, en el acto de ejercer sus funciones o con motivo de ellas;
*De 5 a 40 UMA en los casos de injurias a las naciones amigas a los jefes de ellas, o a sus representantes acreditados en el país.
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