Ayuso estudia un inminente cierre perimetral de la Comunidad Madrid

Un camarero atiende a unas clientas en la plaza Mayor de Madrid, este lunes.
Un camarero atiende a unas clientas en la plaza Mayor de Madrid, este lunes.Olmo Calvo

Todo seguirá igual. La presidenta Isabel Díaz Ayuso ha firmado esta tarde un decreto ley publicado en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid. En él se mantienen todas las normas anunciadas por el consejero de Sanidad, Enrique Ruiz Escudero, el pasado viernes. El toque de queda en la región comenzará a las 0.00 y terminará a las 6.00. Durante estas horas, ningún vecino podrá salir de casa, salvo casos de extrema urgencia. Además, Ayuso mantiene sus restricciones en las 32 zonas básicas de salud hasta el próximo 6 de noviembre. Estas son las dudas que se pueden resolver a esta hora:

¿Por qué ha publicado la presidenta ese decreto si ya había anunciado el presidente Pedro Sánchez un toque de queda el domingo?

Sánchez anunció el decreto del estado de alarma este domingo, donde se incluía la medida del toque de queda. Es decir, una limitación a todo movimiento nocturno, excepto para acciones justificadas como trabajar, comprar medicamentos o cuidar a personas dependientes. El Gobierno marcó una duración de 23.00 a 6.00, pero las comunidades podían moverlo una hora arriba o abajo. Ayuso ha tomado su decisión esta tarde. Mantiene el toque de queda de 0.00 a 6.00.

¿Qué no se puede hacer entre esas horas?

No se pueden mantener reuniones en lugares públicos ni privados entre personas que no vivan en la misma casa en toda la región. Es decir, entre la medianoche y las 6.00 solo se podrá estar con los convivientes. Ni invitados, ni amigos, ni parientes. Nada de discotecas ni restaurantes. Todo estará cerrado. Al contrario que Cataluña, que ha decretado el cierre total de la hostelería, Isabel Díaz Ayuso ha decidido alargar el horario de bares y restaurantes hasta las 00.00. [Puede consultar aquí las medidas tomadas en el resto de regiones].

¿En qué afectará el estado de alarma al comercio, a los locales y a las instalaciones deportivas durante el día?

Los establecimientos de restauración tienen limitado el aforo al 50% en el interior y el exterior y no está permitido el consumo en barra. Respecto al horario, no se pueden admitir clientes a partir de las 23.00 y tendrán como hora de cierre las 00.00, salvo para envíos a domicilio. Las mesas deben guardar la distancia de 1,5 metros y la ocupación es de seis personas por mesa como máximo tanto dentro como fuera. Estas limitaciones también se aplican en los locales de juego y apuestas.

Respecto a los comercios, el aforo no puede superar el 50% y deben cerrar a las 22.00 horas, salvo los esenciales, como farmacias o centros médicos. En los lugares de culto no puede superarse un tercio del aforo, garantizando la distancia mínima interpersonal; en los velatorios habrá un aforo máximo de 15 personas al aire libre y 10 en espacios cerrados, “sean convivientes o no”. El aforo en academias y autoescuelas se reducen al 50 %, igual que en el interior de instalaciones deportivas, aunque el deporte al aire libre puede llegar al 60 % de aforo.

¿Puedo desplazarme a otra comunidad autónoma?

Fuentes regionales apuntan a que esta decisión todavía no se ha tomado. “En los próximos días tomaremos una decisión”, aseguran. Sin embargo, 600.000 madrileños ya conocen que no podrán irse de puente. Además del estado de alarma vigente en todo el país, la presidenta también mantiene sus restricciones en las zonas básicas de salud. Es decir, los madrileños que vivan en estas zonas afectadas podrán moverse libremente por sus calles, pero no salir de la zona. De cara a la festividad de Todos los Santos, independientemente de si vive en una zona restringida o no, se permitirá ir a los cementerios, aunque se encuentren ubicados en áreas sanitarias con restricciones. Una zona básica de salud no es una ciudad ni un barrio ni un distrito, delimita una zona médica. Para saber la zona básica de salud a la que pertenece puede consultar este mapa elaborado por EL PAÍS. Hay 286 zonas en la Comunidad de Madrid.

¿Cuáles son esas 32 zonas que tendrán limitada su movilidad?

Las zonas afectadas en la capital son Núñez Morgado (en el distrito de Chamartín), Guzmán el Bueno (Chamberí), San Andrés, San Cristóbal y El Espinillo (Villaverde), Entrevías, Peña Prieta, Alcalá de Guadaira, Rafael Alberti, Numancia, El Pozo del Tío Raimundo (Puente de Vallecas), Daroca (Ciudad Lineal), Vinateros-Torito, Pavones y Vandel (Moratalaz), Puerta del Ángel (Latina), Virgen de Begoña (Fuencarral), Infanta Mercedes y Villaamil (Tetuán).

En el resto de municipios, son la zona de salud de Collado Villalba Pueblo (en Collado Villalba), Guadarrama (Guadarrama), Majadahonda (Majadahonda), San Juan de la Cruz (Pozuelo de Alarcón), San Blas y Pintores (Parla), Colmenar Viejo Norte (Colmenar Viejo), Morata de Tajuña (Morata de Tajuña), Las Fronteras y Brújula (Torrejón de Ardoz), zona básica de salud de Manzanares el Real (incluye varias localidades pero las restricciones solo afectan a El Boalo), zona básica Villarejo de Salvanés (solo Villarejo de Salvanés), zona básica de Colmenar de Oreja (solo Colmenar de Oreja).

El criterio que ha utilizado el Gobierno regional para restringir la movilidad en estas zonas es el número de contagios. Si en un principio la medida se aplicaba con una incidencia altísima de casos, 1.000 por cada 100.000 habitantes, ahora se aplicará con 500.

Información sobre el coronavirus

– Aquí puede seguir la última hora sobre la evolución de la pandemia

– Así evoluciona la curva del coronavirus en España y en cada autonomía

– Descárguese la aplicación de rastreo para España

– Buscador: La nueva normalidad por municipios

– Guía de actuación ante la enfermedad


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