La Fiscalía General de Justicia del Estado de México (FGJEM) publicó la tarde del viernes, 22 de agosto, un comunicado de prensa referente a los hechos en los que un menor de edad, destacado como F.D.G.S. (Fernandito), fue primero privado de su libertad, y posteriormente de su vida, ante una presunta deuda por parte de su madre.
Según recuerdan en el documento, publicado en su cuenta oficial de X, en relación a las investigaciones derivadas de la “lamentable privación de la vida” del menor el pasado 04 de agosto en el municipio de La Paz, los presuntos responsables fueron detenidos y actualmente se encuentran bajo proceso con medida cautelar de prisión preventiva por delitos de desaparición y secuestro que cuesta la muerte, enfrentando hasta 160 años en prisión.
A la par del caso contra las tres personas “detenidas en flagrancia”, Carlos “N”, Lilia “N” y Ana Lilia “N”, la Fiscalía informó que lleva a cabo una “investigación radicada en la Fiscalía Especializada en Combate a la Corrupción, por la probable responsabilidad de servidores públicos de esta Institución en la comisión de actos de abuso de autoridad por la negación del servicio en perjuicio” de Fernandito.
“Esta indagatoria estableció que la ofendida acudió el domingo 3 de agosto al Centro de Justicia de La Paz a denunciar que “dejó a su menor hijo al cuidado de una amiga y esta no quería devolvérselo”, lo cual hizo del conocimiento a un prestador de prácticas profesionales que se encontraba en esas instalaciones, a su vez éste se lo informó al Agente del Ministerio Público responsable en ese momento quien le refirió al prestador “hay que esperar a la licenciada Brenda, porque yo ya me voy” y también le señaló que si la ofendida no tenía deseo esperar, podía acudir a la agencia del Ministerio Público de Género.
Luego de estas manifestaciones por parte de la autoridad, la madre de la víctima optó por retirarse y se presentó al día siguiente, es decir, el lunes 4 de agosto, a formular denuncia ante la Autoridad Ministerial en el Centro de Justicia para la Mujer ubicado en el municipio de La Paz”.
Fue hasta después de esto que se inició la investigación por la privación de la libertad del menor. Cuando las autoridades arribaron al domicilio proporcionado, encontraron el cuerpo sin vida del menor.
Tras las investigaciones periciales, se dio a conocer que la víctima presentaba fracturas de clavícula y costilla, así como lesiones contusas. La causa de muerte fue traumatismo craneoencefálico con un intervalo de muerte de 3 a 5 días previos al hallazgo.
“En el presente informe, cabe destacar que tanto los dictámenes periciales y como los actos de investigación en relación con este lamentable hecho, forman parte de la indagatoria que la propia Fiscalía realiza para determinar la responsabilidad en que pudieron haber incurrido servidores públicos al “negar el servicio” a M.N.G.S. quien manifestaba que le habían quitado a su hijo.
De las conductas señaladas se advierte dilación institucional por parte de esta Fiscalía, así como una absoluta ausencia de empatía, trato solidario y nula vocación del servicio que se le debe brindar a quienes acuden a denunciar cualquier conducta delictiva”.
El Agente del Ministerio Público que el día 3 de agosto derivó a la víctima a un Centro de Justicia diverso fue cesado de sus funciones y enfrentará sus responsabilidades administrativas y penales ante las autoridades correspondientes.
De igual manera, una Agente del Ministerio Público del área de Género fue removida y puesta a disposición de las autoridades centrales de esta Fiscalía para que se determine si tuvo alguna conducta que afectara los derechos del menor.
No se descarta que la investigación se amplíe a otros servidores públicos.
De igual forma se hace del conocimiento que se llevaron a cabo actos de investigación en torno a las manifestaciones de la activista Fabiola Villa, quien el pasado 21 de agosto señaló que “la Fiscalía le negó el acceso a la carpeta”. Al respecto se estableció que dicha persona acudió a sede ministerial con la intención acceder al expediente de investigación sin la compañía de la ofendida y sin estar acreditada como su asesora jurídica, por lo que legalmente está impedida para tener acceso a la indagatoria.