La Generalitat de Cataluña creará una ayuda extraordinaria para las familias que han sufrido la muerte de una mujer por violencia machista, de forma que se puedan “paliar situaciones de necesidad económica que sean evaluables y verificables para hacer frente a los gastos de sepelio, traslado o repatriación del cuerpo de la mujer a su país de origen”. La acción se creará a través de una modificación en la ley autonómica del derecho de las mujeres a erradicar la violencia machista, aprobada inicialmente en 2008 y modificada el año pasado.
Asimismo, el Govern pretende crear otro tipo de ayuda, una nueva prestación pensada para atender los gastos derivados de una agresión sufrida por alguien y penada como delito de odio. En ese caso, y siempre y cuando haya una sentencia firme y ningún responsable identificado de la agresión, la Generalitat cubrirá los gastos necesarios de las operaciones para “reparar físicamente” a la víctima. “El objeto de la prestación es cubrir la intervención quirúrgica de cualquier persona que no es contemplada en los servicios básicos de la cartera de salud”, concreta el texto sobre las intervenciones médicas que serán sufragadas con fondos públicos.
Ambas modificaciones, la primera a través de la ley contra la violencia de género y la segunda mediante cambios en la ley de prestaciones sociales de carácter económico, se realizarán a través de la ley de acompañamiento de los Presupuestos de 2021, que el Govern ha remitido al Consell de Treball Econòmic i Social para que este organismo elabore su dictamen, no vinculante. De nuevo, la Ley de Medidas Fiscales y Financieras funcionará como una suerte de norma ómnibus, que modifica leyes de ámbitos muy diversos, desde el urbanismo hasta la Agencia Catalana del Agua o la violencia machista.
En el caso de la ley sobre violencia machista, el Gobierno catalán plantea otro cambio, después de que el año pasado introdujera un artículo que obliga a los Mossos d’Esquadra a solicitar un abogado del turno de oficio antes de que una víctima interponga la denuncia. Esta vez también introduce esa misma obligación en el caso de las policías locales existentes en Cataluña, donde se han interpuesto 7.883 denuncias por violencia en la primera mitad del año.
El Gobierno de la Generalitat quiere cambiar la fórmula con la se han hecho hasta ahora las denuncias, asumiendo las recomendaciones del Observatorio de Violencia de Género del Poder Judicial. Actualmente, la ley que rige en el conjunto español no fuerza esa presencia de abogados: tan solo defiende que las víctimas puedan recibir asesoramiento jurídico gratuito en el momento previo a la interposición de la denuncia.
La intención del Gobierno catalán es garantizar la asistencia de un letrado especialista desde el primer momento, de forma que sea posible cubrir tanto el asesoramiento como velar, si los hubiera, por menores que acompañen a la mujer. Según las recomendaciones del Consejo General de la Abogacía, la función del letrado en esa primera intervención debería ser hacer una entrevista a la víctima previa de la interposición de la denuncia, informarle de sus derechos y de las consecuencias de las actuaciones que llevará a cabo a partir de ese momento.
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