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CNDH pierde en la Corte; avalan la Ley 3 de 3 en Yucatán

CNDH pierde en la Corte; avalan la Ley 3 de 3 en Yucatán

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) validó las leyes de Yucatán que exigen no ser deudor alimentario para competir por cargos públicos.

El pleno del máximo tribunal analizó las impugnaciones que presentó la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) contra una reforma estatal avalada en junio de 2022, conocida como la Ley 3 de 3 en Yucatán.

Los preceptos yucatecos exigen el requisito de no ser persona deudora alimentaria morosa para acceder a los cargos de presidente o presidenta de la Comisión de Derechos Humanos, titular de las dependencias o entidades que integran la administración pública de ese Estado, así como para ser postulado a una candidatura independiente.

La Suprema Corte validó dichos preceptos, al reiterar que la exigencia tiene una “finalidad constitucionalmente válida”.

El tribunal determinó que este requisito busca la protección transversal del derecho fundamental a recibir alimentos, además de que está vinculado con el fin que persigue, en tanto incentiva el cumplimiento de la obligación alimentaria.

De esta forma, la Suprema Corte no atendió el reclamo que presentó la CNDH que encabeza Rosario Ibarra de Piedra.

La decisión genera precedente, de tal forma que ahora los estados de la república pueden establecer como requisito para acceder a cargos públicos y a cargos de elección popular el no ser deudor alimentario moroso.

En la sesión participó la ministra Yasmín Esquivel Mossa, aunque no tuvo intervenciones en el debate (solo las necesarias para emitir sus votos).


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