La Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral (INE) ordenó a la Presidencia de la República eliminar o modificar las publicaciones que contienen audiovisuales y/o versiones estenografías de la conferencia matutina del 19 de julio del presente año de cualquier plataforma oficial, por violar veda de la consulta popular que se celebrará el 1 de agosto.
De acuerdo con un comunicado del INE, el Partido Acción Nacional (PAN) denunció al presidente Andrés Manuel López Obrador y a quien resulte responsable, por las manifestaciones realizadas en la conferencia matutina del pasado 19 de julio, en la cual la Subsecretaria de Desarrollo Social y Humano de la Secretaría de Bienestar dio a conocer la nueva estrategia de incorporación de personas mayores de 65 años a la Pensión para el Bienestar de los Adultos Mayores, hecho que constituye difusión de propaganda gubernamental en periodo prohibido en el contexto de la consulta popular, a celebrarse el 1 de agosto.
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Dicha Comisión estimó procedente el dictado de la medida cautelar toda vez que, de un análisis preliminar, las expresiones realizadas por la Subsecretaria de Desarrollo Social y Humano sí pueden constituir propaganda gubernamental prohibida por la norma constitucional que obliga a todo ente público a respetar los principios de imparcialidad y neutralidad desde el 15 de julio y hasta el 1 de agosto en que se lleve a cabo la consulta popular.
Asimismo, se ordenó a la Presidencia de la República; a la Coordinación de Comunicación Social y Vocería, al Centro de Producción de Programas Informativos y Especiales (Cepropie), así como a todos los servidores o servidoras públicas que participen de estos ejercicios matutinos para que se abstengan de presentar, difundir, publicar y poner a disposición de la señal satelital, según correspondan sus funciones, cualquier propaganda gubernamental contraria a las disposiciones constitucionales o fuera de las excepciones que ella establece y que se encuentren prohibidas, así como de aquellas que vulneren los principios constitucionales de imparcialidad y neutralidad, en cualquier espacio o medio de comunicación.
Jenaro Villamil borra tuit alusivo a consulta popular
Por otro lado, el PAN también presentó una denuncia en contra de Jenaro Villamil, presidente del Sistema Público de Radiodifusión del Estado.
La queja interpuesta por el PAN fue por la publicación de un video en la cuenta privada de Twitter de Jenaro Villamil, el cual contiene expresiones encaminadas a confundir e influir en la opinión de la ciudadanía, respecto de la consulta popular a celebrarse el próximo 1 de agosto.
La Comisión estimó improcedentes las medidas, pues el denunciado manifestó haber eliminado la publicación, dicho que acreditó y certificó la autoridad electoral a través del acta circunstanciada respectiva, por lo que se trata de hechos consumados. En este caso, la tutela preventiva solicitada se determinó improcedente, toda vez que no existe indicio alguno en torno a que sucederá en el futuro, por lo que no se justifica imponer restricciones al derecho a la libertad de expresión del denunciado.
Este caso como el del Presidente son determinaciones preliminares, aclara el INE, ya que el estudio de fondo y resolución corresponderá a la Sala Regional Especializada.
Los dos proyectos fueron aprobados por unanimidad de votos de las consejeras Adriana Favela y Claudia Zavala, así como del consejero Ciro Murayama, presidente de la Comisión de Quejas y Denuncias.
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