La prestación por nacimiento tiene una larga trayectoria en nuestro país, una pequeña ayuda que viene muy bien para cubrir esos grandes gastos que suponen la llegada de un bebé. Te contamos cómo pedir la prestación por nacimiento en la Seguridad Social y que así puedas hacer todos los trámites de forma correcta.
¿Qué es la prestación por nacimiento?
La prestación por nacimiento y cuidado de menor que ofrece la Seguridad unifica desde el año 2019 tanto las prestaciones por maternidad y paternidad para quienes acaban de tener un bebé como para ampliar la cobertura en opciones como la adopción, guarda con fines de adopción o acogimiento familiar, siempre y cuando no sea para un plazo inferior a un año y que los niños sean menores de 6 años.
La duración de esta prestación será de 16 semanas, aunque se puede dividir. Seis de esas semanas son obligatorias, ininterrumpidas y a jornada completa tras el parto/acogida/adopción. En cuanto a las 10 restantes, podrán ser en periodos semanales, acumulados o interrumpidos, dentro de los 12 meses siguientes al parto o resolución judicial o administrativa.
Requisitos para pedir la prestación por nacimiento
Cualquier persona que trabaje por cuenta propia o ajena y cumpla con los requisitos puede solicitar esta prestación, siendo el primero de los requisitos que esa persona esté afiliada a la Seguridad Social y se encuentre en situación de alta o asimilada de alta. Además, debe estar al corriente en el pago de las cuotas correspondientes.
Otro requisito es que la persona que la solicita debe estar disfrutando de los permisos por nacimiento y cuidado de menor, y también tiene que acreditar los períodos mínimos de cotización que se exigen, que cambian con la edad. Si tiene menos de 21 años, no será necesario haber cotizado un período mínimo, si tiene de 21 a 26 deberá haber cotizado 90 días en los últimos 7 años o bien 180 años en toda su vida. Los mayores de 26 años deberán haber cotizado al menos 180 días en los 7 años anteriores o bien 360 días a lo largo de su vida.
Cómo solicitar la prestación por nacimiento de la Seguridad Social
- Lo primero que debes saber es que la solicitud se puede realizar online o por correo ordinario.
- Si eliges la modalidad online deberás acceder al portal Tu Seguridad Social con un certificado digital o bien con el usuario y contraseña de [email protected]
- En el caso de que prefieras presentarla por correo ordinario tendrás que descargarte el formulario de solicitud del portal anteriormente mencionado y enviarlo a la dirección provincial del Instituto Nacional de la Seguridad Social, incluyendo en el sobre la documentación necesaria en cada caso.
- En cuanto a la documentación, que será la misma tanto si lo haces online como por correo ordinario, deberás incluir la solicitud de la prestación, acreditación de identidad de los progenitores, informe de maternidad, certificado de empresa en el que figure la fecha de inicio de la baja o descanso laboral por maternidad/paternidad y también el libro de familia o certificado de inscripción del hijo en el Registro Civil. Si se trata de acogida o adopción habrá que incluir también la resolución judicial o administrativa.
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