Estos días se celebra el World Pride en Madrid, símbolo del respeto y la tolerancia ante la diversidad sexual y de género. Aunque todavía quedan muchas cosas por hacer para llegar a un mundo de igualdad, hay pasos que se han ido haciendo. Uno de ellos fue el conocido como los Principios de Yogyakarta. Este documento trata de recoger los principios relativos a la orientación sexual y de género. Su objetivo es orientar a la interpretación y aplicación de las normas del Derecho Internacional de los derechos humanos, buscando la protección de la comunidad LGTB.
Louise Arbour, un antiguo miembro importante de Naciones Unidas para los Derechos Humanos, fue quien lo pidió. Para ello se contó con 16 expertos en la materia, procedentes de diversos países. Estos se reunieron en la ciudad de Yogyakarta, en Indonesia, en noviembre de 2006.
En total son 29 principios, que sirven como carta global para los derechos LGTB. Fueron presentados de manera oficial el 26 de marzo de 2007, ante el Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas. A pesar de ser un documento de suma importancia, no es un documento vinculante en el Derecho internacional, pues no han sido adoptadas por los Estados en un tratado.
Los 29 Principios de Yogyakarta
Lo primero que se menciona es reconocer las violaciones de los derechos humanos basadas en la orientación sexual o en la identidad de género. Los principios de Yogyakarta son:
- Derecho al disfrute universal de los Derechos Humanos
- Derechos a la igualdad y la no discriminación
- Derecho al reconocimiento de la personalidad jurídica
- Derecho a la vida
- Derecho a la seguridad personal
- Derecho a la privacidad
- Derecho de toda persona a no ser detenida arbitrariamente
- Derecho a un juicio justo
- Derecho de toda persona privada de su libertad a ser tratada humanamente
- Derecho de toda persona a no ser sometida a torturas, ni a penas o tratos crueles, inhumanos o degradantes
- Derecho a la protección contra todas las formas de explotación, venta y trata de personas
- Derecho al trabajo
- Derecho a la seguridad y a otras medidas de protección social
- Derecho a un nivel de vida adecuado
- Derecho a una vivienda adecuada
- Derecho a la educación
- Derecho al disfrute del más alto nivel posible de salud
- Protección contra abusos médicos
- Derecho a la libertad de opinión y de expresión
- Derecho a la libertad de reunión y de asociación pacífica
- Derecho a la libertad de pensamiento, conciencia y religión
- Derecho a la libertad de movimiento
- Derecho a procurar asilo
- Derecho a formar una familia
- Derecho a participar en la vida pública
- Derecho a promover los Derechos Humanos
- Derecho a recursos y resarcimientos efectos
- Responsabilidad penal
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