El 23 de enero pasado un juez federal concedió la suspensión definitiva a la Fiscalía, pero el Instituto Nacional de Acceso a la Información interpuso un recurso de revisión.
Por Arturo Ilizaliturri
Continúa la disputa legal entre la Fiscalía General de la República (FGR) y el Instituto Nacional de Transparencia (Inai) por la entrega de información relacionada con el caso Odebrecht, pues en enero pasado un juez federal concedió a la FGR una suspensión definitiva que le permite resguardar la información requerida por el Inai, pero el Instituto presentó un recurso de revisión contra la suspensión el 11 de febrero.
El recurso de revisión presentado por el Inai contra la suspensión definitiva tendrá que ser estudiado por un Tribunal Colegiado. De acuerdo con el expediente del juicio de amparo 1386/2018, disponible en el sitio web del Consejo de la Judicatura Federal (CJF), el Juzgado Tercero de Distrito de Amparo en Materia Administrativa tiene tres días para enviar la información necesaria al Tribunal y dado que recibió el oficio del Instituto el 12 de febrero sería el viernes 15 la fecha en que iniciaría el trámite del recurso de revisión.
Por otro lado, el Juzgado Tercero fijó para el 18 de febrero a las 11:10 horas la audiencia constitucional, última etapa del juicio de amparo en la que el juez federal Martín Adolfo Santos Pérez tendrá que dictar sentencia a favor o en contra de la FGR.
La demanda de amparo fue presentada por una agente del Ministerio Público de la Federación, adscrita a la Subprocuraduría Especializada en Investigación de Delitos Federales de la PGR el 25 de octubre de 2018, cuando la dependencia todavía estaba encabezada por el encargado de despacho, Alberto Elías Beltrán.
El 29 de octubre de 2018 el juez federal Martín Adolfo Santos Pérez resolvió desechar de plano la demanda por “notoria, manifiesta e indudablemente improcedente”. En su resolución el juez argumentó que la determinación del Inai está dirigida a la Unidad de Transparencia de la Procuraduría General de la República, por lo que la agente carece de interés jurídico o interés legítimo para combatirla.
La agente alegó que al entregar la información de la carpeta de investigación del caso Odebrecht en versión pública podría incurrir en responsabilidad, pero el juez afirmó que en ese caso ella podría combatir las acusaciones “por la vía y acción que considere procedente”.
El 15 de noviembre de 2018 la agente de la entonces PGR interpuso un recurso de revisión, que fue admitido por el Quinto Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito.
Por unanimidad, los magistrados del tribunal colegiado, a propuesta de la magistrada María Elena Rosas López, determinaron el 9 de enero de 2019 declarar fundado el recurso de queja presentado por la agente de la ahora FGR argumentando que el interés jurídico del promovente de una demanda de amparo es algo que se resuelve a lo largo del juicio y no al inicio de éste.
Es decir, los magistrados consideraron que el juez federal no debió desechar la demanda de la funcionaria, tomando en cuenta que ella podría llegar a acreditar, en etapas posteriores del juicio de amparo, que es la titular de la información requerida por el Inai, con lo que “resultaría evidente la transgresión de sus derechos”.
Tras la resolución del tribunal, el juez federal ordenó el reingreso de la demanda, admitiéndola el 15 de enero de 2019 y concediendo la suspensión definitiva a la agente de la FGR el 23 de enero. La suspensión, detalló la FGR en un comunicado difundido este jueves, es para que no se entregue la información solicitada y para que los comisionados del Inai se abstengan de exigirla.
Además, la FGR mantiene otros dos juicios de amparo, ante los juzgados noveno y decimosegundo de Amparo en Materia Administrativa, por otras resoluciones del Inai relacionadas también con la entrega de información sobre el caso de corrupción internacional.
Resolución inicial del juez federal:
Sentencia Juez Federal MPF … by on Scribd
Resolución del Tribunal Colegiado: