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Corte elimina prisión automática para factureros, contrabando y fraude fiscal | Videos

Corte elimina prisión automática para factureros, contrabando y fraude fiscal | Videos

La Suprema Corte de Justicia de la Nación inválido las reformas a las leyes de delincuencia organizada y seguridad nacional que permitían imponer prisión preventiva oficiosa a delitos fiscales como la defraudación fiscal, la emisión y compra de facturas falsas y el contrabando.

Por mayoría de votos, el Pleno de la Corte declaró inconstitucionales las reformas a las leyes de delincuencia organizada y de seguridad nacional que calificaban a estos delitos como graves para así incorporarlos al Código Nacional de Procedimientos Penales que contiene un catálogo de conductas ilícitas que ameritan la prisión preventiva oficiosa o automática a las personas imputadas, por la gravedad de los mismos.

En el caso del contrabando y la defraudación fiscal para montos mayores a los 9 millones de pesos, los ministros y ministras alcanzaron una mayoría clara de 9 votos, solamente las ministras Yasmin Esquivel Mossa y Loretta Ortiz Ahlf votaron por mantener vigente la prisión automática para ambos delitos, haciendo suyos los argumentos del gobierno mexicano sobre la gravedad de los mismos.

Por lo que se refiere al delito de emisión, compra y venta de facturas falsas para simular operaciones, 8 ministro votaron por la inconstitucionalidad de dicha norma, mientras que la ministra Margarita Ríos-Farjat se sumó al voto en contra de Ortiz y Esquivel, por considerar que el llamado “factureo” si es un problema de seguridad nacional.

Ríos-Farjat explicó que los “factureros” no sólo representa un desfalco a las finanzas públicas, sino también la oportunidad para que grupos criminales y organizaciones terroristas puedan lavar dinero a través de la emisión, compra y venta de facturas falsas.

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“De 2014 a 2019, las ‘factureras’ detectadas aumentaron veintiún veces, en ese lapso, el fisco recibió unos nueve millones de facturas falsas, cuyo monto llegó a 1.6 billones de pesos con una presuntiva de evasión de, por lo menos, 354 mil millones de pesos. Lo relevante no es solamente que esto equivalga al 1.4% del PIB, sino que se vaya a la economía de la sombra y se vincule con el lavado de dinero”, sentenció.

Dijo que las Empresa que Facturan Operaciones Simuladas (EFOS), empresas fantasmas o “factureras” contribuyen a otros delitos como el contrabando y el lavado de dinero, por lo que también permiten a los grupos delictivos acceder al tráfico de armas, equipos de comunicación, servicios de logística y hasta la compra o corrupción de funcionarios de gobierno y de elementos de seguridad:

Todo esto es de seguridad nacional, a mi parecer todo esto es delincuencia organizada

Sin embargo, el ministro Javier Laynez Potisek advirtió que la inclusión de los delitos fiscales en las leyes de delincuencia organizada y de seguridad nacional, eran el equivalentes a un fraude a la Constitución, ya que los legisladores no contemplaron dichos ilícitos al momento de definir el catálogo de delitos graves que ameritan prisión preventiva automática u oficiosa como es el caso del homicidio o el secuestro, a pesar de que sí hubo debate al respecto.

“Estaríamos en presencia de un fraude a la Constitución, y es fraude a la Constitución, porque el Constituyente de manera deliberada no incluyó los delitos; primero, en el 2008 patrimoniales, en el 2019, agregó algunos, pero no incluyó los delitos fiscales, a pesar de la gravedad que en ciertas condiciones pudieran tener, no los incluyó en el segundo párrafo del artículo 19 Constitucional, no fue un descuido; hubo un debate precisamente sobre si los delitos fiscales podrían considerarse en el segundo párrafo del 19 y lo rechazó”, reviró Laynez.

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Por lo anterior, se invalidaron el artículo 167 del Código Nacional de Procedimientos Penales, párrafo séptimo, fracciones I y II, el artículo 5, fracción XIII de la Ley de Seguridad Nacional y las fracciones VIII, VIII Bis y VIII Ter, del artículo 2, de la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada, todos ellos reformados en 2019 por la mayoría legislativa de Morena y sus aliados en el Congreso de la Unión.

La inconstitucionalidad de los artículos invalidados obligará a la Fiscalía General de la República (FGR) a justificar ante un juez la solicitud de prisión preventiva en contra de todos los imputados por estos delitos, ya que la prisión automática u oficiosa se revocaría para estos casos.

No obstante, la ministra Loretta Ortiz Ahlf explicó que según un informe que les entregó la FGR, solo 12 personas se encuentran sujetos a prisión preventiva oficiosa por delitos fiscales, bajo los términos de la normas federales que ayer fueron invalidadas.


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