¿Cuántas personas pueden viajar en un coche?

Debido a la pandemia del coronavirus estamos viviendo una Semana Santa atípica por segundo año consecutivo. Las playas abarrotadas de turistas nacionales e internacionales han dado paso a las restricciones de movilidad. Bien es sabido por todos que las comunidades autónomas, excepto Baleares y Canarias, están cerradas perimetralmente. Además, en Andalucía también están confinadas las provincias, de manera que un ciudadano de Cádiz no puede ir a Sevilla sin una causa justificada. Pero, ¿cuántas personas pueden viajar en un coche?

Las restricciones sólo permiten viajar en un coche a convivientes

Son muchas las personas que están incumpliendo la normativa por desconocimiento, y es que hasta el próximo 9 de abril sólo pueden viajar en un coche las personas convivientes. El número de convivientes depende básicamente de la capacidad legal del vehículo. Por lo tanto, si en una casa viven siete personas y el vehículo tiene nueve plazas, pueden desplazarse en él.

¿No pueden viajar en un coche personas no convivientes? No, excepto si tienen una causa justificada. Ahora bien, en este caso la norma sí dice que el máximo de pasajeros debe ser de cuatro, independientemente del número de plazas que tenga el vehículo.

Restricciones en Semana Santa

Una de las restricciones más relevantes hasta el 9 de abril es el cierre perimetral de todas las comunidades autónomas excepto Baleares y Canarias. Las causas por las que se puede entrar y salir de las regiones son: ir al médico, comprar medicamentos, acudir al veterinario con urgencia, ir a trabajar, regresar al lugar de residencia, cuidar de menores, mayores o dependientes, o cualquier otro motivo de fuerza mayor.

A esto hay que sumar que las reuniones en domicilios entre no convivientes están prohibidas en toda España, también en Baleares y Canarias. Ahora bien, puedes verte con tus familiares y amigos siempre y cuando no sea en casa: hasta seis personas si estáis al aire libre y cuatro si estáis en un lugar cerrado, como un centro comercial o un restaurante, por ejemplo.

Y, por último, el toque de queda en cada comunidad autónoma es:

  • De 22:00 a 05:00 horas: Navarra y La Rioja.
  • De 22:00 a 06:00 horas: Cataluña, Galicia, Baleares, Castilla y León, Región de Murcia, Asturias, País Vasco, Canarias (Tenerife y Gran Canaria), Ceuta y Melilla.
  • De 23:00 a 06:00 horas: Cantabria, Extremadura, Comunidad de Madrid, Canarias (Lanzarote), Aragón y Andalucía.
  • De 23:00 a 07:00 horas: Castilla-La Mancha
  • De 00:00 a 06:00 horas: Canarias (La Palma, El Hierro y La Gomera)

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