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Cuidar de mayores en el Estado de Alarma: ¿hay que llevar justificante?

Desde el pasado 14 de marzo de 2020 España se encuentra en Estado de Alarma por la crisis del coronavirus. Todos los ciudadanos debemos permanecer confinados en nuestras casas, y sólo podemos salir en una serie de supuestos muy concretos: ir a trabajar, sacar al perro… Pero, ¿qué ocurre si tienes que cuidar de personas mayores, enfermas o dependientes?

Si necesitas desplazarte a otro domicilio, puedes encontrarte en una de estas dos situaciones. Por un lado, que seas un cuidador profesional. En este caso siempre que te dirijas al domicilio de la persona a la que cuidas debes llevar tu certificado laboral. De esta manera, puedes acreditar ante los cuerpos de seguridad que tu salida tiene justificación.

Y, por otro lado, que seas un amigo o familiar. En este caso, el Real Decreto no contempla ningún tipo de documento acreditativo. Expertos en derecho laboral señalan que no hay que portar ningún certificado.

Aún así, desde la Policía indican que sería conveniente llevar una fotografía en el teléfono móvil del documento de dependencia de la persona a la que vas a cuidar. Recuerda que los agentes también podrían acompañarte hasta el domicilio para verificar que realmente estás yendo a cuidar de mayores.

A pesar de que debes tener en cuenta todas las consideraciones para evitar cualquier tipo de problema y posible sanción, es una cuestión flexible porque el Real Decreto aprobado por el Gobierno de España no contempla una justificación. En cualquier caso, lo que sí está claro y es muy importante cumplir es salir sólo. Si por ejemplo vas a cuidar a tu abuelo o a tu madre, no puedes ir a su casa con tus hijos.


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