El representante legal y asesor jurídico de 13 víctimas del colapso de la Línea 12 del Metro, Teófilo Benítez, presentó un recurso de apelación para impugnar la resolución del juez de control que se negó a congelar las cuentas de los ocho exfuncionarios del Proyecto Metro y la Secretaría de Obras que fueron vinculados a proceso por el desplome de la interestación Olivos-Tezonco y la caída de un tren, provocando la muerte de 26 personas y lesiones a más de un centenar en mayo de 2020.
El recurso de apelación fue presentado por el abogado Benítez Granados ante el Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México (TSJCM), en la Unidad de Gestión Judicial 6, con el propósito de que se congelen las cuentas bancarias del ex director del Proyecto Metro, Enrique Horcasitas y otros siete acusados, por considerar que las medidas cautelares impuestas a los involucrados son insuficientes para evitar su fuga y garantizar la reparación integral del daño a favor de las víctimas.
Los ocho procesados por el caso de la Línea 12 del Metro sólo deben cumplir con una firma periódica mensual ante la Unidad de Medidas Cautelares del TSJCM, además de que se les prohibió salir del país y se les obligó a la entrega del pasaporte a seis de ellos.
El abogado Teófilo Benítez explicó que la impugnación argumenta que los ocho procesados están obligados a solventar la reparación del daño causado a las 13 víctimas directas e indirectas del colapso de la Línea 12, por lo que se solicitó el congelamiento a la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV) el embargo precautorio de las cuentas bancarias de Horcasitas y sus coacusados.
“Dentro de esta medida cautelar se solicitó a dicha unidad el embargo de bienes, la inmovilización de cuentas y demás valores que se encuentren dentro del sistema financiero. Esto permitirá garantizar que, en caso de una sustracción de la justicia, existan fondos para cubrir una eventual indemnización”, explicó Benítez Granados.
El asesor jurídico de las víctimas agregó que conforme a lo establecido en la Ley General de Víctima, las personas afectadas “tienen derecho a ser reparadas de manera oportuna, plena, diferenciada y efectiva, tomando en cuenta el daño que han sufrido como consecuencia del delito o hecho victimizante”.
En la apelación, la defensa de las 13 víctimas por el desplome de la Línea 12 que se han negado a firmar un acuerdo reparatorio, también insiste ante el Poder Judicial local en que es necesaria la colocación de brazaletes electrónicos de seguridad a todos los imputados, con el propósito de evitar su fuga y mantener la vigilancia de los mismos de forma permanente, derivado de que fueron vinculados a proceso por los delitos de homicidio, lesiones y daño a la propiedad, todos culposos.
“De acuerdo con el artículo 471 del Código Nacional de Procedimientos Penales, las medidas cautelares impuestas por el Juez de Control José Luis Palacios, no tuvieron una correcta ponderación de los derechos fundamentales de las víctimas”, sostuvo Granados Benítez.
Agregó que contrario a lo argumentado por la Fiscalía capitalina y lo resuelto por el juez de la causa, el brazalete electrónico no viola los derechos humanos de los imputados y es, incluso, más beneficioso para los procesados que la medida cautelar de una prisión domiciliaria.
Por último, se señala en la apelación que el Juez José Luis Palacios Fernández no valoró adecuadamente el riesgo potencial para las víctimas por una posible fuga de los imputados ni tampoco garantizó que las personas afectadas por estos hechos puedan acceder a una reparación integral del daño.
La apelación será turnada a una Sala Penal del tribunal capitalino, la cual está conformada por tres magistrados que pueden confirmar, modificar o revocar la sentencia de primera instancia por mayoría simple de dos votos.
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