Por Patricia Mercado*
En estos tiempos en que la pandemia por Covid-19 ha generado una profunda crisis de salud y de bienestar a nivel global, los feminismos han colocado temas muy relevantes en la agenda pública. El acceso a la protección social, el reconocimiento del trabajo en el hogar y de cuidados, así como los desafíos para la salud sexual y reproductiva, con especial atención al aborto legal, se cuentan entre los diversos puntos que se han puesto de manifiesto en todo el mundo.
En México, se han dado pasos significativos en el camino para despenalizar el aborto a nivel nacional, que comenzaron hace 14 años con la reforma para la interrupción legal del embarazo en la Ciudad de México, donde han gobernado las izquierdas. Para ello, fue indispensable la reforma constitucional de 2011, que consolidó a los derechos humanos en el centro del marco jurídico que nos rige, y que ha llevado a incorporar en las labores cotidianas de las instituciones del Estado.
En el ámbito judicial, entre los avances más emblemáticos podemos referirnos al uso adulto de la cannabis como parte del libre desarrollo de la personalidad, matrimonio igualitario y otras decisiones judiciales que avanzan en el reconocimiento de la autonomía personal. Esto se ha logrado gracias a reclamos, individuales o colectivos, para la protección de derechos frente a las negativas u omisiones de las autoridades.
El pasado septiembre, la Suprema Corte de Justicia de la Nación entró a fondo en una discusión necesaria: los derechos de quienes eligen interrumpir un embarazo frente a los derechos de otras personas y las obligaciones del Estado, cuando éstas, en sus respectivos ámbitos, confrontan esta decisión. A partir de la Acción de Inconstitucionalidad 54/2018 promovida por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, la Corte analizó el artículo 10 Bis de la Ley General de Salud, en el que se establece de forma amplia la objeción de conciencia del personal médico y de enfermería del Sistema Nacional de Salud.
El máximo tribunal consideró que la ley no establecía lineamientos y límites para que la objeción de conciencia pueda ser ejercida sin poner en riesgo los derechos humanos de otras personas, en especial el derecho a la salud, ya que no garantizaba la prestación de servicios como la interrupción legal del embarazo con personal no objetor y procedimientos accesibles. Debemos recalcar que la objeción de conciencia es una expresión de convicciones éticas o religiosas individuales que se debe proteger, sin que esto implique impedir el ejercicio del derecho a un aborto libre, legal y seguro en un Estado laico y democrático.
Además de invalidar esa porción normativa, la Corte consideró que “es inconstitucional criminalizar el aborto de manera absoluta”, y se pronunció a favor de “garantizar el derecho de las mujeres y personas gestantes a decidir, sin enfrentar consecuencias penales”.¹
Por esta razón, un conjunto de legisladoras de todos los grupos parlamentarios representados en el Senado² presentamos una iniciativa el 12 de octubre de 2021 para regular en la ley la objeción de conciencia dentro de los límites constitucionales y cancelar la criminalización del aborto antes de las 12 semanas de gestación.³
En cuanto a la Ley General de Salud, este documento propone:
1. Incluir un nuevo capítulo sobre salud reproductiva, que reconoce el derecho de las mujeres embarazadas o personas gestantes a decidir, al comienzo del proceso de gestación, entre continuar o interrumpir su embarazo.
2. Transitar de la llamada “atención materno-infantil” a la “atención de la salud materna, perinatal, neonatal e infantil”, para que las instituciones atiendan de forma integral a las mujeres y personas gestantes que decidieron continuar su embarazo. Esto incluyen disposiciones para prevenir la violencia obstétrica.
3. Agregar un capítulo denominado “Servicios de Aborto Seguro”, con disposiciones para garantizar la interrupción legal y segura de un embarazo para aquellas personas que deciden interrumpirlo en diferentes circunstancias y escenarios.
4. Regular la objeción de conciencia para el personal sanitario que decida ejercerla, así como la obligación para el Sistema de Salud de contar con personal no objetor en todo momento.
Además, planteamos derogar los delitos de aborto autoprocurado y consentido en el Código Penal Federal, mientras se preserva el delito de aborto no consentido o forzado, conducta que efectivamente afecta la autonomía de las mujeres y personas gestantes.
Tenemos la oportunidad de llevar la interrupción legal del embarazo a las discusiones parlamentarias como una causa de salud pública y de justicia social. La penalización del aborto afecta especialmente a las mujeres que enfrentan un embarazo no deseado en situaciones diversas de vulnerabilidad. Cambiar un esquema de sanciones penales por una mayor y mejor oferta de servicios de salud es una alternativa urgente si pensamos que cada año hay miles de casos de embarazos de adolescentes e infantiles –éstos, siempre producto de una violación.
Queda aún un largo camino de esfuerzos para evitar que se impongan prejuicios, dogmas e inercias contra la autonomía de las mujeres. Por ello, tenemos desde el Congreso paritario la responsabilidad de construir acuerdos para reformas legales y nuevas políticas de salud pública para garantizar aborto seguro con profesionalismo y de forma gratuita para quienes eligen practicarse un aborto hoy en día y no tienen los recursos para hacerlo sin riesgos.
* Senadora de la República, grupo parlamentario de Movimiento Ciudadano
Notas:
Suprema Corte de Justicia de la Nación. “Suprema Corte declara inconstitucional la criminalización total del aborto”, Comunicado de prensa 271/2021. 7 de septiembre de 2021. Disponible en https://www.internet2.scjn.gob.mx/red2/comunicados/noticia.asp?id=6579
2. Martha Lucía Micher Camarena, de Morena; Indira Kempis Martínez y la autora, de Movimiento Ciudadano; Claudia Ruiz Massieu Salinas, del Partido Revolucionario Institucional; Xóchitl Gálvez Ruiz y Nadia Navarro Acevedo, del Partido Acción Nacional; Alejandra Lagunes Soto Ruiz, del Partido Verde Ecologista de México; Eunice Renata Romo Molina, del Partido Encuentro Social; Cora Cecilia Pinedo Alonso, del Partido del Trabajo; Alejandra León Gastélum, del Grupo Plural, y Miguel Ángel Mancera Espinosa, del Partido de la Revolución Democrática.
3. La iniciativa contó con destacados aportes del Grupo de Información en Reproducción Elegida (GIRE). Está disponible en: https://www.senado.gob.mx/64/gaceta_del_senado/documento/121225
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