Ícono del sitio La Neta Neta

Difundir “memes” con fotos de personas, puede motivar demandas si no hay permiso

Antes de recurrir a ese tipo de publicidad, las compañías deben revisar el alcance legal de esta práctica, recomienda Clarke, Modet & Co.

Si no hay autorización, utilizar con fines de lucro la imagen personal en “memes”, podría ser objeto de una demanda, de acuerdo con la Ley Federal del Derecho de Autor, advirtieron especialistas de Clarke, Modet & Co. México.

La empresa experta en propiedad industrial e intelectual precisó en un comunicado que el uso de imágenes y frases virales en México, como “memes”, se ha convertido en una práctica común por parte de compañías para publicitar sus productos o servicios de forma más amigable e informal en el mercado.

Por ello, es importante que antes de recurrir a ese tipo de publicidad, las compañías y sus colaboradores prevengan el alcance legal de esta práctica, para evitar posibles demandas, si éstas no son empleadas conforme a derecho, señalaron los expertos.

La consultora legal de la empresa, Jocelyn Flores, dijo: “un ejemplo de esto es el caso de Olmo Cuarón, hijo de Alfonso Cuarón, en donde una importante cadena de cines en México utilizó su imagen personal con la intención de aprovecharse de la atención del público sobre la entrega de premios Oscar.

Explicó que la cadena de cines lo hizo sin considerar las repercusiones que dicho acto podría tener en perjuicio de la empresa.

De ahí que la recomendación es que antes de publicitar algún producto o servicio, independiente de la técnica a usar, un equipo legal revise el contenido y prevenga a la empresa sobre posibles infracciones reguladas por la Ley Federal del Derecho de Autor, para no comprometer jurídicamente a la empresa, ni afectar la marca o la imagen que proyecta hacia sus consumidores.

A su vez, la consultora legal Mariza de la Mora comentó: “Si se pretende usar o publicar el retrato de una persona deberá contar siempre con el consentimiento expreso de ésta, o en su caso, de sus representantes; el uso de dicha imagen debe ser bajo los términos acordados y para los fines pactados”.

Respecto al uso de “memes”, indicó, si bien a nivel federal no existe alguna legislación específica “se debe ir al caso en concreto para conocer qué tipo de derechos se están ejerciendo o violentando y hacer una interpretación bajo la ley.

“Independientemente que sean con fines lucrativos o no, hay un trabajo intelectual detrás de estos, tanto de la propia imagen, como de los derechos de autor en la mayoría de los casos, pudiendo haber más derechos de Propiedad Intelectual involucrados”, agregó de la Mora.

En ese sentido, reiteró que si se quiere usar un “meme”, lo recomendable es solicitar la autorización a la persona que aparece en éste, ya sea para fines no lucrativos y especialmente para propósitos comerciales.




Source link

Salir de la versión móvil