Alejandro Moreno, presidente del PRI, en el Senado de la República el 14 de febrero.Graciela López Herrera (Cuartoscuro)
El Instituto Nacional Electoral (INE) invalidó la reforma a los Estatutos del PRI impulsada por Alejandro Moreno Cárdenas, Alito, para extender su mandato al frente del partido hasta pasadas las elecciones presidenciales y legislativas de 2024. Con la decisión del Consejo General del INE de este lunes, Alito Moreno deberá abandonar la dirigencia el 18 de agosto próximo y el partido tricolor tendrá que convocar a un proceso interno para elegir a un nuevo presidente. El líder priista puede impugnar la resolución del INE ante el Tribunal Electoral federal, que tendrá la última palabra y determinará si las reformas estatutarias impulsadas por Alito son válidas o no.
En una reñida discusión, por seis votos a favor y cinco en contra, el árbitro electoral ha concluido que las reformas de Alito —aprobadas el pasado 19 de diciembre en una sesión del Consejo Político Nacional (CPN) del PRI— no cumplieron con la normatividad establecida por el propio partido para modificar sus documentos básicos. En dicha sesión, el CPN reformó el artículo 83 de los Estatutos, fracción 37, para permitir a Moreno prorrogar un año su dirigencia y poder formar alianzas electorales con otros partidos. Priistas críticos de Alito, como los senadores Miguel Ángel Osorio Chong y Claudia Ruiz Massieu, impugnaron la reforma con el argumento de que la única autoridad interna habilitada para reformar los documentos básicos es la Asamblea Nacional, máximo órgano de decisión del partido, y que el CPN solo puede hacerlo de manera excepcional cuando, por causa justificada, la Asamblea no pueda reunirse para sesionar.
Al convocar a la sesión del CPN del 19 de diciembre de 2022, el partido no justificó por qué razón la reforma a los documentos básicos no se podía llevar a cabo en una Asamblea Nacional, según lo aprobado este lunes por el INE. En el orden del día de dicha sesión, el PRI señaló que era imperativo modificar sus Estatutos para adecuarlos al “plan B” de la reforma electoral. Sin embargo, ha determinado el INE, para cuando el tricolor avaló las modificaciones estatutarias, el “plan B” no había concluido su trámite legislativo ni había sido promulgado por el Ejecutivo y, por tanto, no podía considerarse aún una ley o decreto aprobado.
El árbitro electoral consideró que, al no ser válida la ruta por la que el PRI modificó sus Estatutos en el CPN y no en su Asamblea Nacional, era imposible entrar al fondo del análisis de la constitucionalidad de los cambios aprobados. La mayoría de los consejeros que votó en contra del proyecto consideró que el partido sí justificó la excepción para que el CPN hiciera las reformas internas y defendió el derecho de los partidos a la libre autodeterminación.
La consejera Carla Humphrey expresó su desacuerdo con la conclusión de que el INE no podía juzgar el fondo de los cambios estatutarios. “Llegamos a una conclusión [en el proyecto] fuera de las facultades y competencias de este Consejo General; conforme al artículo 36 de la Ley General de Partidos Políticos, este Consejo solo tiene atribuciones para declarar la constitucionalidad y legalidad de los documentos básicos. Concluir en el primer punto resolutivo la imposibilidad de pronunciarnos está completamente fuera de ello. Lo digo porque, según el contenido del proyecto que se somete a nuestra consideración, se declara nulo todo lo actuado por no ser una autoridad competente el CPN, es decir, es ilegal el procedimiento de reforma. Por ello, esa debería ser la conclusión, no la imposibilidad, como viene en el proyecto. Si se realizara lo anterior, se debería cambiar el primer punto resolutivo para señalar la ilegalidad y en consecuencia el segundo debería ser para señalar lo que se debería realizar para reponer o garantizar la legalidad de este procedimiento”, ha afirmado.
El consejero Ciro Murayama, que votó a favor de anular las reformas del PRI, ha sostenido que es imprescindible analizar las modificaciones en sí mismas, pero, antes, el camino que siguió el partido para llegar a ellas. Forma y fondo, ha resumido. “No estamos juzgando si una votación fue unánime, si fue de una altísima proporción, sino si la convocatoria a ese CPN se apega a los propios Estatutos. Y aquí se nos dijo: ¿estuvo o no estuvo debidamente justificado? En mi punto de vista no es que sea suficiente o insuficientemente clara la causa o el caso. Me parece inexistente, porque se convocó para adecuar a un marco legal que no había sido reformado el 19 de diciembre. Es decir, se votó una adecuación a un marco legal que todavía, al día de hoy, meses posteriores, ni siquiera se ha publicado”, ha dicho.
Los representantes del PAN y PRD —aliados del PRI en la coalición Va por México— pidieron a los consejeros electorales flexibilidad para permitir al tricolor regir su vida interna con autonomía, y alegaron que la decisión del INE podría impactar negativamente en su estrategia electoral.
El consejero Murayama criticó la petición y dijo que el árbitro electoral no juega en ningún bando en disputa política. “Con frecuencia se señala, se ataca, que esta autoridad, desde el Gobierno se llega a decir, está militando en la oposición. Creo que es un ataque injustificado, indebido, abusivo, frente a una autoridad autónoma, imparcial, independiente y objetiva. Pero también en todos estos diálogos oí expresiones de distintos actores políticos diferentes al Gobierno en que decían: ‘Es que tu determinación va a gravitar en nuestra estrategia política’. Y se los digo con respeto, claridad y energía: nosotros no somos parte de la estrategia política de la oposición ni estamos al servicio del Gobierno. Pero tan equivocado es que el Gobierno nos diga opositores como que la oposición se persuada de que, en efecto, nuestras determinaciones pueden ayudarles en sus estrategias”, ha afirmado.
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