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El Supremo confirma la pena de 19 meses de prisión a Isa Serra por agredir a policías durante un desahucio

El Tribunal Supremo ha confirmado la condena de un año y siete meses de prisión e inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo a la exdiputada de Unidas Podemos en la Asamblea de Madrid Isa Serra por agredir a agentes de policía durante una protesta contra un desahucio en el barrio de Lavapiés en enero de 2014. La Sala de lo Penal ha rechazado el recurso de Serra, que fue condenada por un delito de atentado a la autoridad y un delito leve de lesiones y otro de daños. Serra no recogió su acta en la Asamblea de Madrid tras las elecciones del 4 de mayo, por lo que la sentencia del Supremo no tendrá consecuencias prácticas inmediatas. La inhabilitación para el sufragio pasivo implica que no podría presentarse a unas hipotéticas elecciones si se celebraran en los próximos 19 meses.

Serra ha calificado la sentencia de ”injusta y enormemente decepcionante” y ha anunciado que recurrirá ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos. “El Tribunal Supremo ratifica una sentencia sin pruebas, con acusaciones falsas y un montaje policial”, ha defendido la portavoz de Podemos durante una rueda de prensa este lunes, la primera de la nueva ejecutiva del partido tras la marcha de Pablo Iglesias. “No se ha tenido en cuenta la prueba documental”, ha añadido, en referencia a los más de 100 vídeos que aportó a la causa.

Los hechos por los que ha sido condenada Serra se produjeron el 31 de enero de 2014 en Madrid, durante una protesta contra el desahucio de un vecino que vivía de alquiler en el barrio de Lavapiés. Según el relato que la Fiscalía defendió durante una vista pública celebrada en el Supremo en mayo pasado, Serra fue “la instigadora” de los enfrentamientos que se produjeron con la policía que ejecutaba y controlaba el desalojo del vecino y al menos cinco de los agentes la identificaron como “la que más increpaba, la que llevaba la voz cantante”. La Fiscalía acusó a Serra de actuar de forma “agresiva” y “feroz” y pidió al alto tribunal que confirmara la pena.

La ahora exdiputada siempre ha negado los hechos. Su abogado defendió ante el Supremo que la sentencia dictada por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM), que ahora ha confirmado el alto tribunal, fue “arbitraria” y vulnera la presunción de inocencia de Serra que, según su defensa, no participó en ninguno de los incidentes que se produjeron durante el desahucio.

El recurso presentado por la exdiputada sostenía que el TSJ de Madrid la condenó por empujar a un agente y lanzar objetos “contundentes” contra la policía, pero la defensa aseguraba que el proceso de identificación de Serra como participante en los incidentes estuvo plagado de errores y que, en cualquier caso, ningún policía le pudo atribuir una conducta violenta concreta. Según la defensa, las fotografías de aquel día demuestran que Serra estuvo casi todo el tiempo sola y sin hablar con nadie y “huyó” de la zona en cuanto empezaron los primeros incidentes.

El Supremo considera, sin embargo, que las fotografías y vídeos analizados en la vista “no reflejan nada incompatible” con los hechos que la sentencia da como probados. “Ni las fotografías (…), ni los vídeos acreditan la participación de la acusada en las agresiones. Pero tampoco la desmienten en cuanto no recogen en su integridad ni todo el episodio ni, en particular, todas las perspectivas o ángulos posibles”, advierte la sentencia de la Sala de lo Penal, de la que ha sido ponente el magistrado Antonio del Moral.

El tribunal admite que la defensa de Serra tenía parte de razón cuando criticó el atestado policial en el que se basó la acusación contra la exdiputada. Los magistrados reconocen que ese atestado tenía puntos “objetivamente débiles” y censura la forma de trabajar de la policía. “Las fórmulas hechas, la repetición mimética de las palabras que se ponen en boca de los diferentes comparecientes, los horarios expuestos y demás extremos que el recurso se entretiene en desgranar, reflejan ciertamente unos modos burocráticos que, por mucho que puedan ser comprensibles e incluso disculpables en un entorno de trabajo bajo presión en una ciudad como es la capital, distan de ser modélicos y hacen desconfiar de lo que es el detalle, la letra pequeña, de esas diligencias”.

El tribunal llama la atención sobre “expresiones clónicas que parecen obedecer a una mecánica de elaboración del atestado regida por la economía de esfuerzos, técnica o forma de hacer que, junto con indudables beneficios, encierra peligros, sustituyendo lo artesanal (transcripción casi literal de lo manifestado por cada compareciente) por lo industrial (un corta y pega en la idea en que en lo esencial coinciden los relatos y considerando suficiente esa referencia genérica en boca de todos…)”. Pero aunque estas prácticas del inicio de la investigación sean reprochables, concluye el Supremo, eso no implica que haya que anular la prueba practicada durante el juicio. “Hemos comprobado directamente que esta no se ve en absoluto condicionada, viciada o contaminada o enturbiada por esas criticables formas burocráticas del atestado inicial”, aseguran los magistrados.

El tribunal admite también que de los vídeos analizados no se puede deducir que Serra empujara a ningún agente o lanzara objetos contundentes, dos de las acciones en las que la Fiscalía basa su acusación y que la exdiputada niega. “No existiría prueba ni de que la recurrente hubiese propinado empujón alguno a ningún agente; ni de que hubiese arrojado objetos contundentes. Tiene razón la recurrente en ambos puntos que argumenta de forma cumplida e incontestable”, señala el Supremo.

Pero el tribunal sostiene que la condena no se basa en que Serra empujase a algún agente o lanzase objetos contundentes contra los policías municipales. “Lo demuestra el hecho de que esté también condenada por las lesiones causadas a la agente que sufrió un esguince cervical, sin que se afirme que causase esa lesión”, recuerda la sentencia, que subraya que la condena se construye sobre lo que jurídicamente se conoce como “imputación recíproca”. “La acusada estaba inserta voluntariamente en el grupo que en el tramo final del incidente, que dura muy pocos minutos, acomete colectivamente a los agentes cuando procedían a retirarse lanzándoles todo tipo de objetos, los que cada uno tenía a mano. Es actuación que aunque no estuviese planificada, aunque fuese fruto de un acuerdo tácito o implícito surgido en el momento, no permite discriminar entre unos y otros para examinar de manera artificiosamente atomizada lo que cada uno hace: todos los que acometen en ese momento final, son responsables de un atentado por esa acción conjunta intimidatoria adobada con componentes agresivos (lanzamiento de objetos)”, concluye la sala.

Un proceso “irregular”

Serra ha insistido este lunes en la irregularidad del proceso. “Quedó demostrado que la brigada provincial de información había llevado a cabo un proceso irregular, identificando a las personas que supuestamente habían realizado los hechos que se denunciaban antes de que los propios agentes del desahucio lo hiciesen”, ha añadido Serra, quien ha especificado también que la sentencia la condena a determinados hechos “sin que consideren” que los haya realizado, al aplicarle la coautoría. “Más que un perjuicio contra mí esto es un atentado contra el derecho de manifestación”, ha defendido la portavoz, al considerar “que una persona por el hecho de acudir a una manifestación está siendo responsable de posibles delitos que se realicen”.

“Esta sentencia no es contra mí”, ha incidido, “sino contra las personas que defendemos y luchamos para avanzar hacia un país más justo”, además de “contra las instituciones, la democracia y los jueces que quieren hacer bien su trabajo y están cansados de que Europa nos deje en evidencia” y de que “haya un poder judicial que constantemente utiliza la justicia para hacer política” y que “sigue resistiéndose a los avances democráticos” en España. Serra ha indicado que “la clave” de todo esto es la renovación del Poder Judicial “bloqueada por la derecha” y que permite que CGPJ “funcione con total impunidad y lo haga sin legitimidad democrática”. La portavoz de Podemos también ha criticado la filtración de la sentencia dos días antes a un medio y ha anunciado que estudia presentar una queja por este motivo.


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