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El Supremo ordena demoler todas las viviendas, el hotel y el campo de golf del complejo de lujo de Valdecañas


La demolición de la macrourbanización de lujo Marina Isla de Valdecañas (Cáceres) vuelve a estar sobre la mesa. La sala tercera del Tribunal Supremo ha estimado el recurso de casación interpuesto por Ecologistas en Acción contra el auto de julio de 2020 del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura y que acordaba la conservación del hotel, las viviendas, el campo de golf y las instalaciones que están construidas y en funcionamiento. “El Supremo anula este extremo y acuerda que deberán ser demolidas como el resto de las obras e instalaciones cuya demolición determinaba el propio auto de ejecución”, indica el Consejo General del Poder Judicial en un escueto comunicado. “El contenido íntegro de la sentencia se conocerá en los próximos días”, añade la nota de prensa.

El complejo, denunciado por Adenex y Ecologistas en Acción por estar dentro de terrenos de la Red Natura 2000 [áreas de conservación de la biodiversidad de la Unión Europea], se encuentra a dos kilómetros de El Gordo (Cáceres), en una isla de 135 hectáreas rodeada por el pantano de Valdecañas. Cuenta con campo de golf de 18 hoyos, 185 villas —el 33% de las 565 previstas—, un hotel de cuatro estrellas, piscinas, playa artificial, 76 atraques y pistas polideportivas. En el auto que ahora anula el Supremo, el Superior de Extremadura decidió que todas estas edificaciones se mantuvieran por el gran coste económico que conllevaría su demolición. Así, el tribunal extremeño ordenó solo el derribo del esqueleto de hormigón de otro hotel que asoma al borde de la playa artificial y las viviendas inacabadas, a pesar de que en sentencias anteriores había dictaminado que el terreno debía volver a su estado natural.

En 2011 el tribunal extremeño señaló “taxativamente” que el entorno tenía que ser restaurado y volver a su estado inicial. Pero en julio de 2020, en el auto de ejecución de esa sentencia decidió que no había que tirar lo que ya estaba construido. Los magistrados lo justificaban en que había que tener en cuenta el “elevado perjuicio económico” si se ejecutaban completamente las sentencias. La Junta de Extremadura tendría que hacer frente “al menos” a 145 millones de euros por los gastos de demolición y de indemnización a terceros de buena fe. Esta cifra es la suma del coste de demoler lo edificado (casi 34 millones) y del “posible perjuicio económico” que se causaría a los propietarios de las viviendas “que podría alcanzar los 111.000.000 euros”.

Fue entonces cuando los conservacionistas recurrieron en casación ante el Supremo porque esta decisión anteponía los criterios económicos a los ambientales. Ángel García Calle, abogado y coordinador de Ecologistas en Acción Extremadura, considera que la demolición total ordenada por el Supremo es “coherente” con las sentencias anteriores que así lo dictaminaban, pero recuerda que aún no se ha publicado la sentencia completa.

En todo el laberinto judicial por el que ha discurrido la construcción de la urbanización que contó con el beneplácito del Gobierno regional, el Tribunal Constitucional declaró en 2019 inconstitucional el artículo que se incluyó en la ley del suelo y que permitió a la Junta de Extremadura homologar el proyecto.

“Al final todo esto se podría haber evitado, si se hubiera parado antes, porque es una tristeza que estemos diciendo desde el minuto uno que es ilegal y que no se haga caso”, comenta el abogado García Calle. Están satisfechos “pero no al cien por cien” porque también se ponen “en la piel de los propietarios”. “Aunque ellos sabían lo que compraban porque estaba denunciado desde 2007, incluso firmaban un documento en las propias escrituras de compraventa en el que exoneraban a la promotora si se daba la situación actual”, añade el letrado. Los propietarios podrían recurrir en amparo ante el Constitucional, aunque los ecologistas consideran que “tendrá poco recorrido, porque no se ha vulnerado ningún derecho fundamental”.

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