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El Tribunal Superior de Justicia de Aragón no autoriza el confinamiento perimetral en La Almunia


La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León ha ratificado este viernes las órdenes de la Junta de Castilla y León que decretaron el confinamiento perimetral de los municipios de León, Palencia y San Andrés del Rabanedo. Se trata de órdenes con la misma habilitación legal que la de Madrid, que no fue respaldada el jueves por el Tribunal Superior de Justicia de esta comunidad autónoma. En ambos casos, la norma autonómica se aprobó tras una orden del Ministerio de Sanidad que a su vez recogía el acuerdo en el Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud de medidas encaminadas a contener la pandemia.

El tribunal de Castilla y León asegura que “la declaración de actuaciones coordinadas aprobada por el Ministerio de Sanidad es de obligado cumplimiento por todas las partes incluidas” y que “no consta que se haya suspendido la efectividad de dicha orden”. Asimismo, argumenta –en una comunicación de su gabinete de prensa– que “la Consejería de Sanidad ha adoptado las medidas en el ejercicio de sus competencias en el marco del Plan de Medidas de Prevención y Control para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por la covid-19 en la Comunidad de Castilla y León” y que este plan se aprobó, entre otras normas, “al amparo La Ley Orgánica 3/1986, de 14 de abril, de medidas especiales en materia de salud pública”.

El artículo 1 de esta ley establece que “al objeto de proteger la salud pública y prevenir su pérdida o deterioro, las autoridades sanitarias de las distintas Administraciones Públicas podrán, dentro del ámbito de sus competencias, adoptar las medidas previstas en la propia ley, cuando así lo exijan razones sanitarias de urgencia o necesidad”, recuerda el tribunal superior de Castilla y León.

El tribunal autonómico de Madrid entendió el jueves que el cierre perimetral de la capital y otros nueve municipios de Madrid suponía “una injerencia en los derechos fundamentales sin habilitación legal que la ampare”. El resto de restricciones, como la reducción de aforos o la limitación de los horarios comerciales, sí fueron ratificadas, pero la libertad de circulación es un derecho fundamental y, según los magistrados del tribunal madrileño, la ley en la que se basó el Ministerio de Sanidad (el artículo 65 de la Ley de cohesión y calidad del Sistema Nacional de Salud, de 2003) no permite restringirla. Este mismo tribunal sí refrendó hace 15 días las restricciones en las zonas básicas de salud. En ese caso, la orden de la Comunidad apelaba a una ley orgánica de 1986 que, según los magistrados, sí habilita limitar este derecho fundamental.

Mañueco apoya la decisión

El presidente de la Junta de Castilla y León, Alfonso Fernández Mañueco, ha apoyado la decisión: “El Gobierno de Castilla y León recibe con satisfacción el respaldo judicial de las medidas restrictivas en favor de la salud de los habitantes del municipio de San Andrés de Rabanedo (León), al igual que la capital leonesa y palentina”. Su Ejecutivo, ha agregado, “va a seguir en la línea de tomar decisiones adecuadas a cada momento y según la evolución de la pandemia en cada circunstancia, con el objetivo de proteger la salud y la vida de las personas de Castilla y León”. El mecanismo, según Mañueco, será una “apuesta por la coordinación y el diálogo para afrontar la pandemia con unidad”.

El alcalde de León, José Antonio Diez (PSOE), ha expresado a EL PAÍS su satisfacción ante la decisión del TSJCyL. “No me parecía lógico que el tribunal contraviniera las medidas acordadas en el marco interterritorial”, ha afirmado. El regidor ha reivindicado que “desde la coherencia y la responsabilidad debemos asumir medidas que a nadie le gustan ni son apetecibles” todo con el fin de “preservar la salud pública”. Diez ha recalcado que no esperaba otra respuesta del tribunal de Castilla y León: “Me habría sorprendido y preocupado mucho lo contrario”.

El regidor de Palencia, Mario Simón (Ciudadanos), ha expresado a este periódico su “satisfacción”: “Estaba dentro de lo previsible porque las anteriores medidas restrictivas se habían ratificado, no se busca limitar las libertades sino contener la incidencia del virus”. “En Palencia contábamos con que iban a sucederse así los acontecimientos”, ha precisado. Las dos jornadas trascurridas desde que la Junta anunció estas restricciones han sido “didácticas”, sin multar a nadie pero con los agentes informando de la situación a los palentinos. “Debe primar la salud. Esperamos que no haga falta sancionar y que la ciudadanía asuma esa responsabilidad individual”, ha pedido Simón, que valora que la incidencia del coronavirus se ha reducido en la ciudad “pero la situación sigue siendo preocupante”.

La decisión del tribunal de Castilla y León contradice por tanto, en sus efectos, a la de otro tribunal superior de justicia. La anulación del confinamiento perimetral en Madrid sumió el jueves a esta comunidad en el desconcierto a solo 24 horas del inicio de un puente de tres días. La presidenta regional, Isabel Díaz Ayuso, pidió a los ciudadanos que no salgan de Madrid y anunció que este viernes comunicaría medidas “sensatas, justas y ponderadas”, mientras el ministro de Sanidad, Salvador Illa, avanzó que el Gobierno adoptará “las decisiones jurídicas que mejor protejan la salud”.

A última hora, Pedro Sánchez llamó a la presidenta madrileña para darle un ultimátum: si ella no aplica las medidas de restricción o pide el estado de alarma en Madrid, será el Gobierno el que lo apruebe durante un periodo inicial de 15 días. Sánchez convocó un Consejo de Ministros extraordinario para este viernes a mediodía con el fin de decretar el estado de alarma en esta comunidad si el Ejecutivo regional no toma medidas antes. El Gobierno está facultado para decretar un primer periodo de 15 días, tras el cual debería someter las prórrogas a la aprobación del Congreso.

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