Ícono del sitio La Neta Neta

Elecciones 2021 | Samuel García cometió violencia política por razón de género contra Clara Flores, resuelve TEPJF

El virtual ganador a la gubernatura de Nuevo León por Movimiento Ciudadano, Samuel Alejandro García Sepúlveda, cometió violencia política por razón de género contra Clara Luz Flores Carrales, entonces candidata por Morena al mismo cargo, resolvió por mayoría la Sala Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF).

De acuerdo con un comunicado del Tribunal Electoral, Samuel García realizó violencia política por razón de género por la difusión de dos promocionales, pautados en radio y televisión, acreditando, de igual forma, el uso indebido de la pauta atribuido a Movimiento Ciudadano.

Del análisis de los spots denominados No soy como ellos y La vieja política NL, la mayoría del pleno de la Sala Especializada del TEPJF advirtió que en su contenido existen frases que tienen la finalidad de generar un estereotipo al señalar que las mujeres logran un puesto de elección gracias a hombres con cargos políticos, con quienes tienen una relación o parentesco, y no por su trayectoria, propuestas o méritos propios. De ahí la conclusión que los promocionales demeritan la capacidad de la excandidata para gobernar al mostrarla dependiente de su cónyuge, apartándose de la libertad de expresión en el contexto del debate público.

Clara Luz Flores Carrales.

Por lo anterior, el órgano jurisdiccional determinó imponer multas a Samuel García y a Movimiento Ciudadano, por incumplir disposiciones jurídicas nacionales e internacionales que reconocen el ejercicio de los derechos político-electorales de las mujeres, así como el desarrollo de la contienda electoral en condiciones de igualdad.

Te podría interesar: Morena no es bien visto ni bienvenido en NL: Samuel García | Entérate

Por otra parte, se ordenaron dos medidas de reparación integral y de no repetición, consistentes en una disculpa pública, a través de un video por parte del excandidato denunciado, con difusión en las redes sociales y páginas oficiales del entonces candidato y del partido denunciado, así como en radio, televisión, y se disculpará por la difusión de los spots mencionados. Por otro lado, las partes involucradas deberán publicar un extracto de la sentencia SRE- PSC-85/2021 en sus cuentas de redes sociales durante 15 días.

De igual forma, se instruyó al denunciado, a su equipo de comunicación y a las personas encargadas de la difusión y comunicación al interior de Movimiento Ciudadano para que realicen un curso en materia de violencia política contra las mujeres por razón de género, orientado a la promoción y protección de los derechos de las mujeres.


Source link
Salir de la versión móvil