Entra en vigor en México el Acuerdo de Escazú, sobre acceso a la información, participación y justicia ambiental

Por Fernanda Pérez Rivera Moisés

Este 22 de abril entró en vigor en México el Acuerdo Regional sobre el Acceso a la Información, la Participación Pública y el Acceso a la Justicia en Asuntos Ambientales en América Latina y el Caribe, comúnmente denominado Acuerdo de Escazú, por su adopción en Escazú, Costa Rica, el 4 de marzo de 2018.

El acuerdo fue precedido por la declaración de Río de 1992, en la cual se establecieron el acceso a la justicia y a la información en materia ambiental, así como la participación del público en la toma de las decisiones ambientales.

“La riqueza o la adición de Escazú tiene que ver justamente con el tema de los defensores ambientales, que básicamente lo que se busca es que ante el clima de hostigamiento y de amenaza y de intimidación que están viviendo y que vivimos en México y en muchos otros países en la defensa ambiental, se garantice, se asegure, que dichos defensores ambientales van a contar con un espacio seguro, con un espacio de tranquilidad y de armonía para efectos de desarrollar su trabajo adecuadamente y no estén preocupados de que en cualquier momento viene la amenaza, la intimidación, la estigmatización y obviamente los asesinatos”, comentó Gustavo Alanís-Ortega, director ejecutivo del Centro Mexicano de Derecho Ambiental A.C. (CEMDA),

El artículo 9 establece el deber del Estado de garantizar los derechos a la vida, integridad personal y los demás derechos humanos de todas las personas defensoras ambientales. Es el primer tratado internacional en el mundo que aborda el tema.

Alanís-Ortega afirma que esta violencia se da de una manera “estructural” porque “es algo que se viene dando desde hace muchísimos años en el país y no sólo son defensores netamente ambientales sino también quienes defienden la tierra y quienes defienden el territorio”.

De acuerdo con el Informe sobre la situación de las personas defensoras de los derechos humanos ambientales en México 2020, publicado por CEMDA el pasado 13 de abril, en el 2020 se registraron 90 agresiones perpetradas a defensores ambientales en 65 ataques distintos, superando el número de agresiones registrado en los 3 años previos. Durante el 2019 se registraron 39 agresiones; en el año 2018, 49; y en el 2017 un total de 53 agresiones.

“La obligación para el estado mexicano es, de alguna manera, la de promover y proteger a estas personas que están cuidando el entorno y asegurar que se respeten y se cumplan sus derechos humanos ambientales”, asevera el director de CEMDA.

La agresión más frecuente ha sido el homicidio, conformando un 20%. En 2019 se documentaron 15 asesinatos y en 2020 aumentó a 18. En diversos casos se identificó que, previo a su homicidio, las personas habían sido víctimas de otras agresiones como amenazas o desaparición.

“Tenemos que tener un castigo muy fuerte, ejemplar, que nos ayude a evitar que futuros defensor defensores ambientales sean, ya no digamos amenazados o criminalizados, sino que sean asesinados”, concluye Alanís-Ortega.

Asegura que es importante trabajar con los “promoventes de proyectos” y el Estado, que en ocasiones son responsables de las agresiones. De acuerdo con el informe, en 26 agresiones, es decir el 40% de los casos, el agresor fue presuntamente un agente del Estado; las empresas privadas con 3 casos (4.6%). Alanís-Ortega comenta que el hecho de que algunas agresiones vengan del Estado, lo pone en una situación contradictoria, ya que tiene que “atender los compromisos nacionales, ahora un acuerdo internacional, pero frente a otros intereses”.

“México siempre ha sido muy bueno para firmar, y muchas veces es el primero en firmar los acuerdos internacionales, pero en la práctica ya se convierten en letra muerta”, asevera.

De acuerdo con el artículo 133 constitucional, los acuerdos internacionales son un compromiso del Estado mexicano. De esta manera, como menciona el director de CEMDA, el acuerdo de Escazú se vuelve vinculante si cumple con tres aspectos fundamentales: estar suscrito por el ejecutivo Federal, estar acordes a la Constitución y estar aprobados por el Senado mexicano.

México suscribió el documento el 27 de septiembre de 2018 y el Senado de la República ratificó el tratado el 5 de noviembre de 2020. El pasado 22 de enero de 2021, entregó al secretario general de la ONU su ratificación, sumando 12 los países que lo han ratificado.

Sin embargo, Alanís-Ortega asegura que va a ser complejo para el Estado mexicano cumplir con el acuerdo ya que “la política ambiental y los temas ambientales no son una prioridad”. Por lo que afirma que va a hacer falta una “voluntad política al más alto nivel” y fortalecerse “la institucionalidad ambiental”, a lo que aludió a los recortes de presupuesto de las dependencias ambientales.

Por ejemplo, la Secretaría del Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat), contaba con un presupuesto de 67 mil 976 millones de pesos en 2015 y para el 2020 solo contó con 29 mil 869 millones, una reducción de más de la mitad en 5 años. Asimismo, el informe alude a la disminución del 75% de su presupuesto que pretendía el decreto del Poder Ejecutivo en abril del 2020 en instituciones como la Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas. Esta decisión fue modificada a raíz de la movilización ciudadana en favor de la Comisión, por lo que ahora su presupuesto es mayor.

Asimismo, el director de CEMDA mencionó la necesidad de “fortalecer y mejorar el marco jurídico ambiental” para que haya más rigor en el acceso a la justicia ambiental, acceso a la información y la participación del público en la toma de las decisiones ambientales.

Comentó que la participación “le da credibilidad y legitimidad y fuerza” a la decisión de la autoridad. Sin embargo, aclara que tienen que ser “espacios efectivos”, “que realmente incidan”. “Una cosa es tener una consulta pública en materia de impacto ambiental y otra cosa es tener una consulta pública que sea efectiva, que sea eficaz y que realmente tome en cuenta el punto de vista, los comentarios, las observaciones, las preocupaciones que tiene público en relación a un proyecto, a una obra o una actividad”, aseveró.

El artículo 7 del acuerdo reconoce este derecho humano en los procesos de toma de decisiones ambientales. “Me parece que fortaleciendo los espacios de participación social se podría llegar a fortalecer también la intervención de los defensores ambientales”, comentó, sin embargo aseguró que esta participación tiene que ser responsable e informada, por lo que también es importante el derecho a la información ambiental, estipulado en lo artículos 5, 6, 12.

Alanís-Ortega comentó que aunque ya existe una legislación ambiental y hay espacios de participación, considera hay que revisarlos, mejorarlos y fortalecerlos, y en algunos casos reformarlos.

El director de CEMDA hace un llamado al Estado mexicano y a los tres niveles de gobierno, para que “no sea suscribir un acuerdo más porque no lo es, y que realmente lo tomen con la seriedad que amerita y que empiecen a accionar para efectos de darle la implementación y el cumplimiento que se requiere”.


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