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Es necesaria la orden de un juez para que autoridades investigadoras obtengan información financiera de una persona: SCJN

Será hasta la sesión del próximo lunes, cuando el máximo tribunal del país discutirá los alcances que tendrá está resolución, es decir, si tendrá efectos retroactivos o no.

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró inconstitucional el artículo 142, fracción I, de la Ley de Instituciones de Crédito, que le permitía a la Fiscalía General de la República (FGR) solicitar información a la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV) sin previa orden judicial.

Por mayoría de seis votos, el pleno del máximo tribunal desechó el proyecto del ministro Eduardo Medina Mora, quien proponía declarar constitucional dicho precepto, al argumentar que no viola el derecho a la privacidad.

Los votos a favor estuvieron a cargo de los ministros Luis María Aguilar, Jorge Pardo, Eduardo Medina Mora, Javier Láynez, Yasmín Esquivel; mientras que en contra votaron ministros Arturo Zaldívar, Norma Piña, Alfredo Gutiérrez, Juan Luis González Alcántara, Alberto Pérez Dayán y Fernando Franco.

En un comunicado, la SCJN destacó que, en sesión del Tribunal Pleno, se “estableció que es necesaria la orden de un juez, para que las autoridades investigadoras puedan obtener información financiera de una persona”. 

“Por tal motivo, el Pleno declaró inconstitucional el artículo 142, fracción I, de la Ley de Instituciones de Crédito, que establece que dichas instituciones, estarán obligadas a dar información financiera sin que exista una orden judicial, cuando sea solicitada por el Procurador General de la República o el servidor público en quien delegue facultades para requerir información, para la comprobación del hecho que la ley señale como delito y de la probable responsabilidad del imputado”, expuso.

“Ello al considerar que lo dispuesto en esta ley no forma parte de las atribuciones que la Constitución Federal otorga a la autoridad investigadora para la irrupción en la vida privada, ni para la investigación de los delitos”, señaló.

“En sesión posterior, el Pleno de la SCJN determinará los efectos que tendrá la declaración de inconstitucionalidad del artículo y fracción mencionados”, se indicó.

Será hasta la sesión del próximo lunes, cuando el máximo tribunal del país discutirá los alcances que tendrá está resolución, es decir, si tendrá efectos retroactivos o no. En caso de que se le den efectos retroactivos, estarían en riesgo algunos casos emblemáticos como los de los ex gobernadores Javier Duarte y Roberto Borge o el ex director de Pemex, Emilio Lozoya Austin.




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