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Esto es lo que pasa si el piloto de tu avión se pone malo y retrasa tu vuelo

Millones de pasajeros viajan a diario en avión por todo el mundo, y muchos de ellos deben aceptar un hecho tan frecuente como que su vuelo se retrase, lo cual puede suceder por motivos técnicos o humanos, entre otros, lo que sin duda es una gran molestia para los pasajeros. Te contamos qué sucede si el avión se retrasa porque el piloto está enfermo, algo que sucedió recientemente en España  y cuyo caso ya tiene resolución.

¿Qué pasa si el avión se retrasa porque el piloto está enfermo?

El Juzgado de lo Mercantil número 2 de Palma de Mallorca ha dictado una resolución pionera y muy importante que sin duda va a pasar a la historia y va a tener un gran peso en el futuro judicial, especialmente en el relacionado con los retrasos en los vuelos. En su momento se admitió la demanda de un pasajero cuyo vuelo se retrasó más de 3 horas por la enfermedad del piloto, algo que la compañía aérea consideró fuerza mayor, pero la justicia le ha dado la razón al pasajero, que deberá ser indemnizado con 400 euros por parte de la aerolínea.

Aunque la empresa alegaba «causa de fuerza mayor», lo cierto es que la justicia ha determinado que la enfermedad de un piloto no es una causa extraordinaria y que los pasajeros afectados por dicha situación «tienen derecho a una compensación». Sustituir a un piloto enfermo no es algo extraordinario como sí puede ser que el retraso se deba a meteorología adversa, por lo que no se aceptaron las explicaciones en defensa. La Justicia deja claro que desde la aerolínea tiene que haber un protocolo de actuación en situaciones de emergencia para que si un piloto se pone enfermo, hay otro piloto disponible de forma inmediata para realizarlo en su lugar».

El vuelo que sentará precedente

El vuelo en cuestión que fue denunciado por un pasajero tenía como origen el aeropuerto de Asturias y como destino Tenerife, y se realizó en septiembre de 2021 con un retraso superior a 3 horas, tiempo para el que está establecida una compensación de 400 euros según el Reglamento 261/2004, ya que se trata de un vuelo de media distancia, que son los que están en un rango de entre 1.500 y 3.500 km.

La aerolínea afectada nunca negó el retraso, pero sí alegó que era una causa extraordinaria no imputable a la propia compañía, con lo que finalmente no estuvo de acuerdo la justicia, que falló a favor del demandante.


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