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Ex candidatos a la CNDH impugnan ante tribunal federal la presidencia de Rosario Piedra

Carlos Pérez Vázquez y Rosy Laura Castellanos, exaspirantes a presidir la CNDH, presentaron una queja para revocar el fallo de un juez que no aceptó dar trámite al juicio de amparo con el que impugnan el proceso para elegir a Rosario Piedra como titular del organismo

Por Juan Omar Fierro/ Aristegui Noticias

Dos ex candidatos a la Presidencia de la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) presentaron ante el Poder Judicial de la Federación (PJF) un recurso de queja que mantiene vigente la posibilidad de revocar el mandato de su actual titular, Rosario Piedra Ibarra, elegida tras una polémica votación en el Senado de la República. 

La impugnación fue promovida por el ex coordinador de Derechos Humanos de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), Carlos Pérez Vázquez, y la ex asesora de la CNDH, Rosy Laura Castellanos Mariano, con el propósito de que un tribunal colegiado ordene la tramitación del juicio de amparo que había sido desechado por un juez federal.

Socio Director del Centro por un Recurso Efectivo, Carlos Pérez Vázquez, explicó que el recurso de queja impugna el desechamiento del juicio de amparo con el argumento de que era improcedente. Sin embargo, en su recurso de queja, Pérez Vázquez y  Castellanos consideran que el juicio de amparo si era procedente, debido a que el Senado de la República reconoció previamente el derecho de los candidatos a la Presidencia de la CNDH a inconformarse con el proceso de selección.

Agregó que al desechar el juicio de amparo, el juzgador federal que se negó a analizar el fondo del asunto, les niega el derecho a la defensa y no analiza las violaciones que se cometieron en el proceso de selección y votación que culminó con la designación de Rosario Piedra como titular de la CNDH.

“Una queja es un recurso contemplado en la Ley de Amparo, contra las resoluciones de los jueces que rechazan las demandas. Encontré que en el proceso legislativo del 2018 que reformó la ley de la CNDH, tanto la Cámara de Diputados como la de Senadores, reconocieron el derecho de los candidatos a inconformarse con el procedimiento de elección, recurriendo a las autoridades judiciales y, en particular, a través del juicio de amparo”, sostuvo.

Añadió que al reconocerse la posibilidad de que los aspirantes inconformes impugnen el proceso de selección para la presidencia de la CNDH en la reforma de 2018, dejan de aplicarse las causales de improcedencia para admitir el juicio de amparo; es decir, que el juez federal debió aceptar la impugnación y revisar si todo el proceso para elegir a Rosario Piedra como titular de la Comisión Nacional de Derechos Humanos cumplió con lo previsto en la ley.

“La legislatura del Senado que aprobó la ley que reforma las facultades de la CNDH es la misma que promulgó la Ley de Amparo que nos rige, a la luz de las reformas constitucionales de derechos humanos justamente del año 2011, entonces es el mismo órgano soberano, que expresa su voluntad, y que ordena a los jueces, en este caso, que declaren la procedencia de los juicios de amparo de aquellas personas como yo, que estén inconformes con el procedimiento seguido para nombrar a la titular de la CNDH”, explicó.

Cuestionado sobre el fallo que espera del tribunal colegiado, Pérez Vázquez dijo que los tres magistrados que integran el tribunal colegiado podrían ordenar al Juez Décimo de Distrito en Materia Administrativa de la Ciudad de México, Francisco Gorka Migoni, que admita el juicio de amparo para que entre a estudiar las violaciones al proceso de elección que cometieron los senadores de Morena y sus aliados al momento de elegir a Rosario Piedra.

“Se realizaron tres votaciones sin apego a la ley para elegir a Piedra, pero la ley dice que se tiene que realizar una sola votación para elegir a la titular de la CNDH. Si no se alcanza la mayoría en la terna que se propone, se tienen que formar tantas ternas como sean necesarias, dice la ley, hasta que se alcancen las dos terceras partes de los senadores. No se trataba de votar una terna varias veces, sino de conformar las ternas que fueran necesarias hasta lograr el consenso y aprobar a la Presidenta de la Comisión en una sola votación”, afirmó.

Agregó que otra violación a las normas de la CNDH es que la nueva titular del organismo debió ser elegida por el Senado de la República diez días antes de que concluyera el mandato del entonces titular de la Comisión, Luis Raúl González Pérez; plazo que no se cumplió por la falta de consensos en la Cámara Alta.

Además, recordó que también sigue en duda si Rosario Piedra alcanzó mayoría calificada durante la votación.

“Son varias violaciones procesales que se cometieron y que creo que un juez de Distrito tendría que estudiarlas para determinar si existe la razón o no de los inconformes”, sostuvo.

Sobre los efectos que podría tener la impugnación en el futuro de la CNDH, dijo que cabe la posibilidad de que se suspenda el nombramiento de Rosario Piedra como titular del organismo; o de que todas las actuaciones de la comisión se declaren nulas y sin ningún tipo de valor jurídico en caso de que el amparo rinda frutos y se ordene reponer todo el procedimiento de selección para la presidencia de la Comisión.




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