Fallece alpinista tras escalar clandestinamente el Popocatépetl | Video

Fallece alpinista tras escalar clandestinamente el Popocatépetl | Video

Un grupo de cuatro personas decidieron escalar clandestinamente al volcán Popocatépetl el pasado miércoles y arribaron a la zona prohibida del coloso, donde fueron sorprendidos por un incidente lo que provocó la muerte de una mujer de 25 años.

La secretaria de Gobernación de Puebla, Ana Lucia Hill, informó este viernes en conferencia de prensa que los escaladores son originarios de Tlalmanalco, Estado de México, y se acercaron a 300 metros del cráter del volcán, una zona altamente peligrosa.

El Centro Nacional de Prevención de Desastres (Cenapred) emitió un comunicad en el que explica que se implementó un radio de exclusión de 12 kilómetros que tiene como finalidad preservar la vida de las personas, alejándolas de la zona donde se ha comprobado que la actividad puede ser letal.

“El Popocatépetl es un volcán activo y muy peligroso. No intentes acercarte al cráter, ni rebases el radio de 12 km porque pones en peligro tu vida”.

 

Ana Lucia Hill informó que un guía que acompañaba al grupo los abandonó en la madrugada del jueves, día que el Centro de Mando de Amecameca registró una llamada de auxilio que realizaron los afectados, dado que fueron activados los protocolos para su rescate.

De acuerdo con la Agencia Mexiquense los primeros reportes arrojan que, mientras se encontraban los alpinistas (no profesionales) muy cerca del cráter del coloso, el volcán Popocatépetl registró una explosión y arrojó residuos que hirieron a las dos personas.

Alrededor de la una de la madrugada de este viernes fueron localizados los 4 alpinistas y descendieron del volcán activo a las 8:00 horas. Al llegar a Paso de Cortés, en Puebla, fueron llevados a hospitales del Estado de México, donde se informó sobre el deceso de la mujer.

Los accesos al volcán están cerrados al público desde 1994 y su actividad se monitorea permanentemente para mantener informada a la población y alertar en caso de ser necesario.

Con fundamento en los artículos 55 y 56 del Reglamento Interior de la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana en relación con lo dispuesto por los artículos 23 y 73 de la Ley General de Protección Civil, cualquier intento de ingreso a la zona restringida, evento o actividad que llame a rebasar el radio de exclusión será reportado a las autoridades competentes a fin de que sea sancionado conforme a las leyes aplicables.


Source link