La Fiscalía General de la República (FGR) informó que a finales de mayo comenzará a operar el primer Banco Nacional de Datos Forenses en el país, en medio de la crisis de desaparecidos que rebasa las 112 mil personas.
El registro estará “interconectado” con diversas bases de datos existentes como: el Registro Nacional de Fosas Comunes y Clandestinas, el Registro Forense Federal, la Base Nacional de Información Genética, el Sistema de Identificación de Huellas Dactilares, entre otros, agregó la fiscalía, FGR, en el documento.
La creación del Banco Nacional de Datos Forenses, que iniciará sus operaciones el 29 de mayo, ha sido por muchos años un reclamo de decenas de miles de personas que buscan a sus familiares desaparecidos y de organizaciones de derechos humanos.
A la fecha, en México tiene un registro de 112 mil 181 personas desaparecidas y no localizadas. La gran mayoría de los casos fueron reportados en regiones violentas del país donde grupos criminales se pelean las rutas para tráfico de droga, secuestros, y otros delitos.
“Aunque es una buena noticia, para que el banco de datos con información forense funcione todos los estados en el país deben tener digitalizada su información y aún no es así, hay miles de casos en papel”, dijo Fernando Ocegueda, presidente de la asociación Unido por los Desaparecidos, en Baja California.
La creación de dicha base de datos había sido requerida por ley desde 2017, pero se estancó hasta que un juez ordenó que se renovara en octubre pasado.
El aviso en el diario oficial dice que labase estará conectada con los siguientes sistemas:
I. Registro Nacional de Fosas Comunes y de Fosas Clandestinas;
II. Registro Forense Federal;
III. Base Nacional de Información Genética;
IV. Registro Nacional de Detenciones;
V. Registro Nacional del Delito de Tortura;
VI. Registros de Antecedentes Criminales;
VII. Sistema Nacional de Información Nominal (SININ);
VIII. Sistema Automático de Identificación de Locutores (ASIS);
IX. Sistema de Identificación de Huellas Dactilares (AFIS);
XI. Registro Nacional de Personas Desaparecidas y No Localizadas, y
XII. Las demás bases de datos, registros o sistemas que tengan información forense y genética relevante para la búsqueda, localización e identificación de una Persona Desaparecida o No Localizada.
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