Hasta 10 años de cárcel a quien induzca, obligue o facilite fumar a un menor, aprueban ley

Hasta 10 años de cárcel a quien induzca, obligue o facilite fumar a un menor, aprueban ley

Por Agencias

Ciudad de México, 11 febrero de 2022.-El pleno de la Cámara de Diputados aprobó una iniciativa para considerar como delito a quien induzca, obligue o facilite el consumo de tabaco a menores de edad. La propuesta se aprobó por mayoría de 455 votos a favor y 21 abstenciones.

En el dictamen, que reforma el artículo 201 del Código Penal, se establece que quien incurra en este flagelo cometerá corrupción de menores, delito que se castiga con penas de cinco a 10 años de prisión y multas de 500 a mil días de salario mínimo.

En el dictamen, que reforma el artículo 201 del Código Penal, se establece que quien incurra en este flagelo cometerá corrupción de menores, delito que se castiga con penas de cinco a 10 años de prisión y multas de 500 a mil días de salario mínimo.

La adición al artículo 201 señala que se considerará el delito de corrupción de menores a quien induzca, obligue o facilite “el consumo habitual de bebidas alcohólicas o tabaco”.  Al justificar la propuesta, la diputada morenista, Laura Imelda Pérez explicó que la edad promedio de inicio de consumo de tabaco es de 13 años, con un consumo promedio de 10 cigarrillos al día: “En comparación con la misma encuesta, pero con el año 2018, expresa que la edad promedio de fumadores disminuyó de 15 años a 13 años en 2020”. 


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