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¿Hay que utilizar mascarilla en las terrazas de los bares? ¿O no?

Desde la semana pasada el uso de la mascarilla es obligatorio en España. Sin embargo, cuando salimos a la calle, observamos que muy pocas personas la utilizan cuando están sentados en las terrazas de los bares. ¿Están incumpliendo la ley? Lo cierto es que existe un «vacío legal» respecto al uso de la mascarilla en este tipo de espacios.

Uso de mascarilla en las terrazas de los bares: ¿sí o no?

La orden publicada en el BOE el 9 de mayo hacía referencia en el artículo 15 a la reapertura de las terrazas de los bares. En el punto número tres señalaba que en cada mesa podrá haber un máximo de diez personas siempre y cuando se respete la distancia mínima de seguridad interpersonal.

Por lo tanto, el Boletín Oficial del Estado deja claro que debe existir una separación de al menos dos metros, tal y como recomiendan las autoridades sanitarias. Pero, ¿entre una mesa y otra, o entre las diez personas de una misma mesa?

Si hacemos uso del sentido común, es imposible mantener dos metros de distancia entre personas sentadas alrededor de una misma mesa. Ahora bien, en la orden ministerial publicada en el BOE del 19 de mayo se dice que el uso de la mascarilla es obligatorio en espacios al aire libre y en la vía pública, siempre y cuando no sea posible mantener la distancia mínima de seguridad interpersonal.

Parece que con esto está claro que sí hay que utilizar la mascarilla en las terrazas de los bares. Pero todavía hay más: en el BOE del 19 de mayo también se dice que no es obligatorio el uso de mascarillas en el desarrollo de actividades que resulten incompatibles con ellas. Pues bien, comer, beber o fumar son esas actividades «incompatibles».


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