Un grupo de entrenadores y perros de asistencia para personas con discapacidad fueron desalojados del Metro de la Ciudad de México.
En el video que difundió la asociación Owen.care a través de redes sociales, se observa a las autoridades dando acceso al grupo junto a los canes a las instalaciones del sistema de transporte público, en la estación San Antonio.
Sin embargo, momentos después, en otro fragmento del video, se muestra a los oficiales de la Policía Bancaria e Industrial (PBI) escoltando fuera de las mismas a los entrenadores junto con los tres perros, a pesar de, según la organización, que estos contaban con credenciales de identificación y chalecos.
“Ahí vamos escoltados como si fuéramos rateros, cuando por ley tenemos el libre acceso”, acusó una de las entrenadoras en Twitter.
La organización, que se dedica a entrenar a perros para asistir a personas con autismo, movilidad limitada, personas no videntes y otras condiciones médicas, afirmó que por ley, tienen derecho de entrenar a cachorros en formación.
En contraste, la Secretaría de Seguridad Ciudadana (SSC) de la CDMX sostuvo que las personas, al ser cuestionadas sobre si contaban con algún permiso para ingresar a la línea 7 del Sistema de Transporte Colectivo (STC-Metro), indicaron que no.
Por lo tanto, los policías solicitaron autorización al Jefe de Estación. Sin embargo, este último afirmó que estos animales de compañía solo pueden acceder con personas con discapacidad visual, y aseguró que no se pueden llevar a cabo funciones de adiestramiento al interior Metro.
La SSC apuntó que el área de Atención al Usuario del sistema daría seguimiento a la situación y se fijó fecha para una reunión presencial.
Por último, la secretaría reiteró que en el Metro está permitida la entrada con animales de asistencia o de servicio. No obstante, apuntó, “cuando están en proceso de entrenamiento se solicita establecer la comunicación adecuada con las áreas de operación y seguridad”.
De acuerdo con el artículo 34 de la Ley de Protección a los Animales de la Ciudad De México, “todo perro de asistencia tiene acceso libre e irrestricto al espacio público, establecimientos mercantiles, instalaciones, o transportes, individuales o colectivos, sean de carácter público o privado, siempre que vaya acompañado de la persona a la que asiste”.
“Esta disposición aplica igualmente al Perro de Asistencia en proceso de entrenamiento”, añade dicho apartado de la legislación.
De acuerdo con la ley, la persona o establecimiento que niegue el acceso a un perro de asistencia deberá pagar una multa de cincuenta a doscientas Unidades de Cuenta vigentes en la CDMX.
Por su parte, los dueños de los canes deben portar para su apoyo la credencial emitida por la Secretaría de Salud, con el objeto de constar que el ejemplar responde a las características de su adiestramiento.
A su vez, el artículo 230, numeral XII del Reglamento de la Ley de Movilidad señala que está prohibido transportar animales en las instalaciones, excepto animales de asistencia o de servicio (perros guía).
Los hechos causaron indignación en usuarios de redes sociales, quienes se pronunciaron al respecto y reprobaron la actuación de las autoridades.
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