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INAI ordena a Presidencia revelar “causas graves” de renuncia de Medina Mora

La Presidencia tiene 10 días para responder, a partir de que le notifiquen oficialmente la resolución del Instituto Nacional de Transparencia. 

Por Gustavo Sánchez B.

El pleno del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) ha ordenado a la Oficina de la Presidencia de la República que dé a conocer a un particular los motivos reales y graves que motivaron que en octubre pasado Eduardo Medina Mora presentara su renuncia como ministro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).

La resolución se presentó y votó en la última sesión del instituto, en diciembre del año pasado, pero se dio a conocer hasta el domingo, a través de un hilo en Twitter del abogado Daniel Torres Checa; Comunicación Social del INAI respaldó lo expuesto por el referido usuario y adelantó a Aristegui Noticias que está por publicarse la resolución íntegra.

El ciudadano difundió parte de dicha resolución, en la que se requiere a la Oficina de la Presidencia cualquier documento, oficio, carta o comunicación oficial por la que Medina Mora presentó el 3 de octubre pasado al presidente Andrés Manuel López Obrador “causas graves” que motivaron su dimisión.

Hasta ahora, sólo se conoce esta carta -sin fecha- que no explica ningún motivo de la renuncia de Medina Mora, 10 años antes del término de su encargo:

Días después, el periodista Mario Maldonado dio a conocer en El Universal que hubo un “extraño” bloqueo y desbloqueo de cuentas de Medina Mora, ordenado por Santiago Nieto, titular de la UIF. 

El comisionado Óscar Guerra Ford analizó el caso y planteó revocar la respuesta de la Oficina, que indicó que “no se encontró documento físico o digital; así como registro alguno de la información como lo requiere el solicitante; enfatizando que se realizó una búsqueda exhaustiva, amplia y razonable en los archivos que la conforman sin encontrar dicho documento ni elemento alguno que permita advertir o suponer que la misma obró en los archivos de esta unidad”.

Guerra fue apoyado por el resto de los comisionados, por lo que se revocó esa respuesta y se ordenó entregar al particular la información requerida, al considerar que “existen elementos de consulta pública oficial suficientes para presumir que la información solicitada por el hoy recurrente existe, toda vez que, conforme a los comunicados (de prensa) antes referidos y a lo informado en las redes sociales, se observó que sí hubo comunicación entre el presidente Andrés Manuel López Obrador y Eduardo Medina Mora, respecto a la renuncia de éste al cargo de Ministro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación. (…) No se puede validar al sujeto obligado recurrido la inexistencia aducida, por ende, resulta fundado el agravio de la parte recurrente”.

El INAI ordenó además a la Oficina turnar la solicitud también a la Secretaría Particular del Presidente; a la Jefatura de la Oficina de la Presidencia y a la Coordinación de Asesores del mandatario, “con la finalidad de que localicen el documento, oficio, carta o comunicación oficial por la que el ministro de la SCJN, Eduardo Medina Mora, mencione las causas graves (motivos) que justifiquen su renuncia en términos del artículo 98 de la Constitución Política”.

En octubre pasado, el presidente AMLO consideró que la renuncia del ministro Eduardo Medina Mora se debió a que el ex embajador decidió atender las denuncias que se han presentado en su contra ante la Fiscalía General de la República (FGR): 

La Presidencia tiene 10 días para responder, a partir de que le notifiquen oficialmente la resolución del Instituto Nacional de Transparencia. 




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