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Iniciativa de reforma político-electoral propone renovación total de INE y TEPJF | Documento

Una iniciativa de reforma constitucional que circula en el Senado de la República propone una profunda reforma político-electoral, uno de cuyos ejes es la renovación de la totalidad de los integrantes del Consejo General del Instituto Nacional Electoral y de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.

En ambos casos, el número de integrantes sería reducido y sus elevados salarios actuales también se reducirían para que no rebasen los emolumentos asignados al Presidente de la República.

Los actuales consejeros y magistrados serían indemnizados con el equivalente a sus ingresos de lo que reste de sus respectivos períodos.

Igualmente se plantea instaurar el voto electrónico mediante urnas o una aplicación o página web. Se precisa que estos instrumentos no serían únicos ni excluyentes.

Cuartoscuro

La iniciativa señala que “se estima necesario realizar una reordenación del texto constitucional a efecto de dotar al artículo 41 de una correcta técnica legislativa y de un desarrollo temático con sentido. Para ello se propone

  • Agrupar en el artículo 41 las disposiciones que son mejor entendidas en el contexto electoral, como la definición de democracia (artículo 3) y las conductas sancionables consistentes en promoción personalizada y uso indebido de recursos públicos con fines electorales (artículo 134).
  • Homogeneizar los parámetros para seccionar al artículo 41. Actualmente, el artículo de mérito se encuentra dividido en fracciones y estas en incisos o, en otros casos (fracción III), en apartados e incisos. Se estima que una ordenación en apartados, bases e incisos, de lo general a lo particular, es más explicativa y congruente con otras partes del texto condicional (el artículo 123, verbigracia).
  • Tematizar el artículo de análisis. Actualmente el artículo 41 no guarda un desarrollo temático. Lo adecuado es organizarlo de tal forma que los puntos relevantes para un tema estén agrupados en determinadas secciones.

 

Renovación y reducción del INE

Se propone bajar el número de integrantes del Consejo General del INE de 11 a solo 7 y renovar de manera total a sus actuales integrantes.

La renovación -dice la iniciativa- es una acción congruente y consecuente a la reducción de consejerías, pues de lo contrario, la separación del cargo de unos cuantos funcionaros abriría la puerta a la arbitrariedad.

Si, en cambio, se esperara a que finalicen los encargos de las consejerías más antiguas, la falta de designación daría lugar a un órgano par, integración inconsistente con los órganos de toma de decisiones mediante votación.

En lo relativo al INE, la iniciativa también argumenta y propone lo siguiente:

La renovación es una medida adecuada a la formulación jurídica del principio de austeridad, que establece que ningún funcionario público puede ganar más que el Presidente de la República. Ello, pues si se continúa con un órgano cuyos integrantes reciben más percepciones que el máximo servidor de la Nación, independientemente de la existencia del principio referido, las nuevas consejerías lograrían que el sueldo les sea subido a la luz del derecho a la igualdad salarial y no discriminación.

En ello se sustenta esta medida. Asimismo, a efecto de no perjudicar los derechos laborales de las ahora consejerías, se estima que debe agregarse un transitorio que ordene cubrir con sus remuneraciones por el tiempo que les queda en el encargo.

Finalmente, se considera que las personas que llegaron al cargo en 2020 deben estar facultadas para participar nuevamente en el proceso de designación, por haber iniciado apenas su función.

La Presidencia del Consejo General será rotativa entre las consejerías electorales, a efecto de evitar el desgaste de una sola conducción por un periodo de 9 años y lograr la renovación en la Dirección del Instituto cada 3 años.

El lapso de 9 años en que están en el cargo quienes integran el máximo órgano del INE es comparativamente elevado, pero no excesivo. No obstante, si su conducción se centraliza en una sola persona por el tiempo indicado, se gesta un entorno institucional favorable a las malas prácticas y contrario a la renovación en la conducción y a la igualdad entre las Consejerías.

Renovación y reducción del TEPJF

Se propone que la integración de la Sala Superior pase de estar conformada por 7 magistraturas a 5.

Actualmente -se argumenta-, ningún tribunal electoral del país tiene tantos integrantes como la Sala Superior. Los Tribunales Electorales Locales tienen entre 3 y 5 magistraturas, mientras que las Salas Regionales del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación únicamente cuentan con 3 magistraturas.

El número de quienes integran a la Sala Superior, como puede observarse, está en franca desproporción con relación a los demás órganos. Incluso si se argumentara una carga de trabajo más elevada, un número oportuno sería 5 y no 7, como actualmente sucede.

Además, el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación pasaría a estar integrado por Salas Locales, con lo cual su personal y estructura se volvería mucho más amplia.

Asimismo, toda vez que la legislación electoral, sustantiva y adjetiva, pasaría a ser expedida de forma única por el Congreso de la Unión, la complicación teórica disminuiría y la eficiencia de la capacitación aumentaría.

La suma de estas condiciones produce un contexto laboral con una reducción en la carga de trabajo de la Sala Superior que, por sí solo, es suficiente para sustentar una disminución en el número de sus magistraturas. El argumento es definitivo a través de la comparación estructural expuesta.

Por tal razón, en el mismo sentido de la reforma planteada para el Consejo General del INE, se propone una renovación total.

La renovación es una medida oportuna en función del principio de austeridad, que establece que ningún funcionario público puede ganar más que el Presidente de la República, ya que si se sigue con un órgano cuyos integrantes reciben más percepciones que el máximo servidor de la Nación, las magistraturas lograrían que el sueldo les sea subido a la luz del derecho a la igualdad salarial y no discriminación.

Además, con la renovación se cierra la puerta a esquemas inconstitucionales en donde la espera a que la Sala Superior pase a tener 5 miembros, tornaría al órgano, temporalmente, en uno par.

De igual manera, a efecto de no perjudicar los derechos laborales de las magistraturas, se estima que debe agregarse un transitorio que ordene a cubrir con sus remuneraciones, por el tiempo que les queda en el encargo.

Tambien se propone la desaparición de los Tribunales Electorales Locales y la creación de salas locales, con los siguientes argumentos, entre otros:

Desde la parte económica, se eroga una gran cantidad de presupuesto en estos órganos, pese a que las cargas de trabajo en periodo no electoral son reducidas, sobre todo en determinadas entidades. Unificar tales figuras en el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la federación da lugar a un esquema directo, con necesidades y mecanismos de gasto bien definidos, que abarata el costo de tales órganos.

Por la parte práctica también hay importantes aprovechamientos. Actualmente, existen medios de impugnación en materia electoral por cada entidad de la república, así como medios electorales federales. La pluralidad de medios, por un lado, genera una complicación innecesaria para los litigantes e impartidores de justicia, pues a pesar de que los asuntos versan sobre actos prácticamente idénticos a los de sus pares en otros lugares de la República, los conflictos se dirimen en procedimientos diferentes.

Este trato diferenciado ocasiona un contexto que bien podría denominarse arbitrario. Es más, en determinados casos, las deficiencias legislativas de la normativa son replicadas en la legislación local, que perpetúa porciones inconstitucionales aun cuando las disposiciones que en su momento sirvieron de referencia son extraídas del texto legal.

La “Iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversos artículos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en materia político-electoral”, se le atribuye al senador Ricardo Monreal Ávila, si bien éste no ha anunciado oficialmente la presentación de la propuesta.

Cuartoscuro

En los artículos transitorios de la iniciativa se establece que “a partir de la publicación del presente decreto, la Cámara de Senadores y la Cámara de Diputados tendrán noventa días para emitir la convocatoria para la renovación de los integrantes del Consejo General del Instituto Nacional Electoral y de los Magistrados de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación”.

Aquí, el texto íntegro de la iniciativa.

Propuesta Final de Reforma Constitucional Electoral (2) by Aristegui Noticias on Scribd


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