La organización R3D: Red en Defensa de los Derechos Digitales, alertó que la iniciativa al Código Penal Federal (CPF) y a la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares (LFPDPPP) presentada el pasado 8 de octubre de 2024 por la diputada Alejandra Chedraui Peralta, del Grupo Parlamentario de Morena, que busca sancionar el ciberacoso, representa un riesgo para la libertad de expresión y los derechos digitales en México debido a sus definiciones amplias y ambiguas.
En su análisis, R3D afirmó que la iniciativa establece definiciones imprecisas y amplias del delito de ciberacoso.
“El artículo 211 Ter define el delito de ciberacoso como ‘cualquier conducta realizada mediante el uso de tecnologías de la información, redes sociales, dispositivos electrónicos, plataformas digitales o cualquier otro medio digital, con la finalidad de hostigar, acosar, intimidar o atemorizar a una persona, afectando su dignidad, tranquilidad, integridad o seguridad’”. Además, propone otra definición, señalando que se comete el delito cuando una persona utiliza “medios digitales para enviar mensajes, imágenes, videos, sonidos o cualquier contenido que intimide, degrade o acose a una persona de manera persistente”.
R3D advirtió que estas definiciones, además de ser ambiguas, podrían criminalizar expresiones legítimas. “Al usar términos amplios como ‘cualquier conducta’ y al clasificar como ‘ciberacoso’ a expresiones subjetivas como aquellas que ‘atemoricen’, ‘intimiden’ o ‘afecten la tranquilidad’, se amenaza gravemente la libertad de expresión, particularmente cuando esto se hace sin tomar en cuenta la diferencia de poder que existe entre quien emite la expresión y quien la recibe”.
Otro de los aspectos señalados por R3D es que la iniciativa considera agravante el uso de plataformas digitales anónimas o con identidades falsas. La organización subrayó que esto “amenaza el derecho de expresión anónima, el cual resulta fundamental para proteger a quienes denuncian a personas con poder que podrían ejercer represalias en su contra, tal como sucede con funcionarios públicos, empleadores, familiares abusivos, entre otros”.
En cuanto a las implicaciones en la Ley Federal de Protección de Datos Personales, R3D alertó que la iniciativa “propondría un esquema de remoción amplia de expresiones en línea a petición de particulares que incentivaría a que las plataformas, por temor a ser sancionadas, removieran arbitrariamente publicaciones susceptibles de ser consideradas ilícitas a partir de conceptos vagos y ambiguos”.
La organización enfatizó que, aunque es necesario enfrentar el acoso digital, el enfoque punitivo no es la solución adecuada.
“Reconocemos la necesidad de adoptar medidas para enfrentar fenómenos de acoso digital, especialmente a personas en situaciones de vulnerabilidad como las infancias y adolescencias, pero consideramos que el enfoque punitivo y la criminalización de conductas vagas e imprecisas no contribuye a atender dicho fenómeno”.
No obstante, R3D consideró que la iniciativa es incompatible con los estándares constitucionales e internacionales de libertad de expresión.
“Desde R3D: Red en Defensa de los Derechos Digitales, consideramos que esta iniciativa es peligrosa e incompatible con los estándares constitucionales e internacionales de libertad de expresión vigentes en México, por lo que solicitaremos al Congreso desecharla y a sostener un diálogo abierto y multisectorial que permita avanzar en una agenda legislativa respetuosa de los derechos digitales”.
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