La iniciativa del presidente Andrés Manuel López Obrador para poner a la Guardia Nacional bajo el mando directo de la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena), operativa y administrativamente, contempla que el nuevo cuerpo de seguridad conserve un vínculo con la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana (SSPC).
Sin embargo, de las 11 facultades que tenía el titular de la SSPC, sólo va a conservar cinco, ninguna de las cuales tiene incidencia en la operación de la Guardia Nacional, por lo que sólo le corresponderá avalar y expedir los nombramientos de los mandos de esa nueva corporación que le propongan los mandos militares de la propia Sedena y la Guardia Nacional, proponer los informes estadísticos anuales de la corporación y formular la Estrategia Nacional de Seguridad Pública, ambos en coordinación con el titular de la Secretaría de la Defensa.
La inclusión de la SSPC en la propuesta del Presidente de la República, Andrés Manuel López Obrador, busca hacer frente a las posibles impugnaciones legales que diversos actores podrían presentar contra las reformas a leyes secundarias del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos; de la Guardia Nacional y de la Administración Pública Federal.
De acuerdo con el documento enviado por la Secretaría de Gobernación a la Cámara de Diputados el día de ayer, conservar el vínculo de la SSPC con la Guardia Nacional tiene como fin que la nueva corporación “cumpla con los estándares internacionales aplicables en materia de derechos humanos, legalidad, proporcionalidad, gradualidad y rendición de cuentas sobre el uso adecuado de la fuerza pública, principios que deben regir la actuación de todos los cuerpos policiacos del país”.
De esta manera, el gobierno del Estado mexicano pretende invocar cinco sentencias de la Corte Interamericana de Derechos Humanos y dos convenios internacionales sobre el uso de la fuerza pública que justifiquen la reforma que militariza la operación y administración de la Guardia Nacional.
“La Guardia Nacional continuará su consolidación como una institución civil adscrita a la SSPC cuya función primaria es contribuir a la seguridad pública y desarrollará sus actividades con capacitación y adiestramiento policiales, de naturaleza no bélica. Por lo tanto, esta corporación seguirá sujetando su actuación al respeto irrestricto a los derechos humanos y a la observancia de los principios de legalidad, necesidad, proporcionalidad, precaución, gradualidad y rendición de cuentas, en relación con el uso de la fuerza, conforme a los estándares internacionales aplicables en la materia”, señala el documento.
No obstante, todas las funciones sustantivas de mando, operación, ingreso y ascenso, se militarizan, por lo que ahora corresponderá a la Sedena definir plazos, estímulos y capacitaciones de los elementos de la nueva corporación policiaco-militar.
Incluso, se prevé que tanto los ingresos como la preparación para formar parte de la Guardia Nacional se realice en las instituciones y centros educativos de las fuerzas armadas permanentes.
Además, se reforman diversos artículos de las leyes orgánicas del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos y de la Ley Nacional de Guardia Nacional para que los ascensos y estímulos a los que tienen derecho los agentes de la Guardia Nacional se decidan con los mismos plazos y reglas que en el seno de las Fuerzas Armadas.
Otra de las reformas cruciales es la adición de un artículo que permita a la Guardia Nacional la creación de unidades especiales para prestar servicios de investigación e inteligencia, tanto técnicos como administrativos.
Los nombramientos de estos mandos, al igual que Comandancias Territoriales, Estatales y Coordinación de Unidades se harán a propuesta de la Comandancia de la Guardia Nacional, aunque corresponderá a la persona titular de la SSPC avalar y expedir dichos nombramientos.
La nueva normativa para la Guardia Nacional impedirá que los elementos de la misma puedan estar comisionados en corporaciones policiacas, cobrando doble salario como ocurría con la extinta Policía Federal.
Los mandos de la Guardia Nacional tendrán capacidad para cambiar de estado o región a los elementos de la corporación, conforme a las necesidades de la propia institución, rotación que incluirá a los mandos castrenses de la citada corporación.
Para la separación de los mandos o elementos de la Guardia Nacional también se van a aplicar los mismos principios y reglas que ya operan en el Ejército Mexicano y la Armada de México, destacando que la salida de la Guardia Nacional implica también la renuncia a las fuerzas armadas.
Por lo que se refiere a los elementos de la policía naval comisionados en la Guardia Nacional, la iniciativa presidencial destaca que ya no se podrán reincorporar a la Secretaría de Marina en caso de que decidan no continuar en la nueva corporación.
Su alternativa es que sean reintegrados a las filas del Ejército Mexicano en caso de que se nieguen a seguir en las filas de la Guardia Nacional.
Source link